II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-410)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso-oposición para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plaza de personal laboral de la categoría de Titulado/a Medio.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9

Martes 11 de enero de 2022

Sec. II.B. Pág. 2480

párrafo anterior y no existiendo otros aprobados del turno de promoción interna, los
puestos se adjudicarán a los candidatos del turno libre según el orden de puntuación
obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos exigidos para el
puesto.
Undécima.
fijo.

Formalización del contrato y adquisición de la condición de personal laboral

Una vez comprobado que las personas que han superado el proceso reúnen los
requisitos establecidos en la base segunda de la presente convocatoria, el Gerente
dictará resolución con la relación definitiva de personas que han superado el proceso,
que será publicada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», con expresión de
la plaza adjudicada.
Contra dicha resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Gerente de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde su
publicación en la página web o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses desde su publicación, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo. En
caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
La formalización de los contratos, de conformidad con el artículo 30 del II convenio
colectivo, por quienes hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo
de tres meses, contado desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid» de la relación definitiva de personas aspirantes, debiendo
superar el período de prueba correspondiente.
El periodo de prueba será el establecido para cada puesto, según su cualificación, en
el artículo 30 del citado II convenio colectivo. Transcurrido dicho periodo de prueba, el
personal que lo supere satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo
de la Universidad de Alcalá.
Las personas seleccionadas serán sometidas a reconocimiento médico de acuerdo
con la legislación vigente en esta materia.
Formación de la bolsa de trabajo.

Una vez finalizado el proceso selectivo el Tribunal deberá remitir a la gerencia, la
relación de personas aspirantes que conformarán la bolsa de trabajo que hayan
manifestado su voluntad de integrarse en la misma. En caso de que no se haya hecho
ninguna indicación al respecto se procederá de oficio a su inclusión en la bolsa, sin
perjuicio de que una vez configurada esta, la persona aspirante pueda manifestar su
voluntad en contrario.
En todo caso, el orden de las personas aspirantes en la bolsa de trabajo vendrá
determinada conforme a la puntuación total obtenida en el proceso selectivo, ordenadas
de mayor a menor. Los empates serán dirimidos conforme el procedimiento establecido
en la base octava.13 de la presente convocatoria.
Asimismo, el personal laboral temporal, deberá acreditar previamente a su
formalización de contrato, que reúnen todos y cada uno de los requisitos enumerados en
la base segunda de la convocatoria.
La resolución del gerente con la bolsa de trabajo se publicará en la página web de la
universidad el mismo día que se publique en el «Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid» la resolución por la que se publica la relación definitiva de personas que han
superado el proceso.
La bolsa de trabajo surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en la
página web expirando la vigencia de las anteriores si las hubiera.
La vigencia de la bolsa expirará como consecuencia de la generación de una nueva
bolsa de trabajo nacida de la convocatoria pública de empleo que se corresponda con
puestos de trabajo de idéntica o similar naturaleza.

cve: BOE-A-2022-410
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.