II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-411)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso-oposición para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plaza de personal laboral de la categoría de Titulado/a Medio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9

Martes 11 de enero de 2022

Sec. II.B. Pág. 2493

1.4 Salvo en los casos excepcionalmente previstos legalmente, todos los plazos
establecidos en la convocatoria se entenderán referidos a días hábiles.
1.5 Las características de la plaza convocada figura en el anexo I de esta
convocatoria.
1.6 El programa que ha de regir estas pruebas es el que figura en el anexo II de
esta convocatoria.
1.7 Los ejercicios de la fase de oposición y sus puntuaciones, se especifican en el
anexo III de la convocatoria.
1.8 El baremo de la fase de concurso, se específica en el anexo V de la
convocatoria.
1.9 La publicación de la presente convocatoria se realizará en el «Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid», en el «Boletín oficial del Estado», y en la página web de la
Universidad de Alcalá: https://www.uah.es/es/empleo-publico/PAS/laboral/.
La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» será la que determine los plazos a
efectos de presentación de solicitudes, así como de posibles impugnaciones o recursos.
Los sucesivos actos y resoluciones que sean objeto de publicación lo serán en la
página web de la Universidad de Alcalá.
Segunda.

Requisitos de admisión de las personas aspirantes.

Como requisitos de admisión al proceso selectivo se establecen los siguientes:
1.

Nacionalidad. Deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:

a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de cualquiera de los Estados Miembros de la Unión Europea.
c) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se
encuentren con residencia legal en España.

A los efectos de lo dispuesto en los apartados anteriores, la experiencia se acreditará
mediante la siguiente documentación:
a) Fotocopia debidamente compulsada de contrato de trabajo o certificación original
de empresa justificativa de la experiencia manifestada, pudiendo utilizarse, en su defecto
cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que acredite la experiencia alegada
en el área y especialidad de que se trate.
b) Deberá acompañarse, también, certificación original de cotizaciones a la
Seguridad Social en la que consten, expresamente, los períodos y grupo de tarifa.

cve: BOE-A-2022-411
Verificable en https://www.boe.es

2. Titulación. Estar en posesión de la titulación de Bachillerato, Formación
profesional específica de grado superior o equivalentes, según establezca la
Administración Educativa competente. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que justifique su homologación o,
en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
Se podrá participar, en ausencia de la titulación exigida, de conformidad con el
artículo 9.4 del II Convenio colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas
de la Comunidad de Madrid, siempre que se cumpla con cuatro años de experiencia
profesional en la misma área de actividad, que será acreditada con arreglo a la siguiente
forma establecida en el artículo 52.4 del citado II Convenio colectivo: