II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-404)
Orden JUS/1523/2021, de 3 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 11 de enero de 2022
5.
Sec. II.B. Pág. 2360
Solicitudes
5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar
electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración de
Justicia (modelo oficial 790-Código 007, en cuya parte superior figura «Solicitud de
admisión a pruebas selectivas de la Administración Pública y liquidación de la tasa de
derechos de examen»), que estará disponible a través del Punto de Acceso General en
la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips,en castellano y en las demás
lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.
5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Secretario de Estado de Justicia. La no
presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.3 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud deberá realizarse por vía
electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de
acceso general, http://administracion.gob.es/PAG/ips, al que se puede acceder
directamente o a través del portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es
(Empleo público-Oposiciones y procesos selectivos). Una vez identificado, deberá elegir
la convocatoria de acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, pulsar
en «inscribirse» y a continuación elegir la opción «realice la inscripción online, siguiendo
las instrucciones que se indican en el anexo III.
Cuando el aspirante no sea titular de una cuenta bancaria en alguna de las entidades
financieras que permiten el pago telemático de tasas administrativas, cuya relación podrá
consultarse en la Agencia Tributaria, podrá realizar la presentación en soporte papel en
el Registro General del Ministerio de Justicia, calle La Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid, así
como en cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Excepcionalmente también se podrá utilizar esta vía cuando resulte imposible la
inscripción electrónica por razones técnicas. En ambos casos se debe acreditar
documentalmente la imposibilidad.
En este caso, se elegirá la opción «realice su inscripción presencial». Una vez
cumplimentados todos los datos del formulario, deberán pulsar en la parte inferior del
mismo sobre la opción «generar solicitud». Al imprimirla, constará de tres copias:
Ejemplar para la Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad
colaboradora. La solicitud se dirigirá a la Unidad EA0010560-Procesos Selectivos
Administración de Justicia, Oficina EA0041037 poniendo en ASUNTO: LAJ2021 y se
deberá adjuntar la documentación que acredite la incidencia técnica producida.
Igualmente, se dirigirá a la referida Unidad de registro, con el mismo nombre en
Asunto, toda aquella documentación que deba presentarse a lo largo del proceso
selectivo.
5.4 El importe de la tasa por derechos de examen, según establece el artículo 74
de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2021, será de 15,40 euros para el turno de promoción interna y de 30,79 euros para
el turno libre y del 50 % de estas cantidades para miembros de familias numerosas de
carácter general.
5.5 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % incluidos en
el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición, expedido por el órgano competente.
Si además solicitan adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las
pruebas selectivas, incluido el curso selectivo teórico-práctico, presentarán el dictamen
cve: BOE-A-2022-404
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
5.
Sec. II.B. Pág. 2360
Solicitudes
5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar
electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración de
Justicia (modelo oficial 790-Código 007, en cuya parte superior figura «Solicitud de
admisión a pruebas selectivas de la Administración Pública y liquidación de la tasa de
derechos de examen»), que estará disponible a través del Punto de Acceso General en
la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips,en castellano y en las demás
lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.
5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Secretario de Estado de Justicia. La no
presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.3 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud deberá realizarse por vía
electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de
acceso general, http://administracion.gob.es/PAG/ips, al que se puede acceder
directamente o a través del portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es
(Empleo público-Oposiciones y procesos selectivos). Una vez identificado, deberá elegir
la convocatoria de acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, pulsar
en «inscribirse» y a continuación elegir la opción «realice la inscripción online, siguiendo
las instrucciones que se indican en el anexo III.
Cuando el aspirante no sea titular de una cuenta bancaria en alguna de las entidades
financieras que permiten el pago telemático de tasas administrativas, cuya relación podrá
consultarse en la Agencia Tributaria, podrá realizar la presentación en soporte papel en
el Registro General del Ministerio de Justicia, calle La Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid, así
como en cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Excepcionalmente también se podrá utilizar esta vía cuando resulte imposible la
inscripción electrónica por razones técnicas. En ambos casos se debe acreditar
documentalmente la imposibilidad.
En este caso, se elegirá la opción «realice su inscripción presencial». Una vez
cumplimentados todos los datos del formulario, deberán pulsar en la parte inferior del
mismo sobre la opción «generar solicitud». Al imprimirla, constará de tres copias:
Ejemplar para la Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad
colaboradora. La solicitud se dirigirá a la Unidad EA0010560-Procesos Selectivos
Administración de Justicia, Oficina EA0041037 poniendo en ASUNTO: LAJ2021 y se
deberá adjuntar la documentación que acredite la incidencia técnica producida.
Igualmente, se dirigirá a la referida Unidad de registro, con el mismo nombre en
Asunto, toda aquella documentación que deba presentarse a lo largo del proceso
selectivo.
5.4 El importe de la tasa por derechos de examen, según establece el artículo 74
de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2021, será de 15,40 euros para el turno de promoción interna y de 30,79 euros para
el turno libre y del 50 % de estas cantidades para miembros de familias numerosas de
carácter general.
5.5 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % incluidos en
el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición, expedido por el órgano competente.
Si además solicitan adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las
pruebas selectivas, incluido el curso selectivo teórico-práctico, presentarán el dictamen
cve: BOE-A-2022-404
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 9