III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-417)
Orden ICT/1524/2021, de 30 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa "Experiencias Turismo España" y se aprueba su convocatoria para el ejercicio 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2573
aumento de su capacidad o de su vida útil (salvo plantas de tratamiento de residuos
peligrosos no reciclables).
– Actividades cubiertas por el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE
(según el anexo I de la Ley 1/2005 de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del
comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
3. La entidad solicitante no prevé efectos directos del proyecto o actividad sobre el
medioambiente, ni efectos indirectos primarios, entendiendo como tales aquéllos que
pudieran materializarse tras su finalización, una vez realizado el proyecto o actividad.
El incumplimiento de alguno de los requisitos establecido en la presente declaración
dará, previo el oportuno procedimiento de reintegro, a la obligación de devolver las
ayudas percibidas y los intereses de demora correspondientes.
cve: BOE-A-2022-417
Verificable en https://www.boe.es
Fecha y firma
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2573
aumento de su capacidad o de su vida útil (salvo plantas de tratamiento de residuos
peligrosos no reciclables).
– Actividades cubiertas por el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE
(según el anexo I de la Ley 1/2005 de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del
comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
3. La entidad solicitante no prevé efectos directos del proyecto o actividad sobre el
medioambiente, ni efectos indirectos primarios, entendiendo como tales aquéllos que
pudieran materializarse tras su finalización, una vez realizado el proyecto o actividad.
El incumplimiento de alguno de los requisitos establecido en la presente declaración
dará, previo el oportuno procedimiento de reintegro, a la obligación de devolver las
ayudas percibidas y los intereses de demora correspondientes.
cve: BOE-A-2022-417
Verificable en https://www.boe.es
Fecha y firma
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X