III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-384)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía y los Ayuntamientos de Almonte, Burguillos, Guillena, Sanlúcar de Barrameda, El Ejido, Roquetas de Mar y Adra, para la financiación, ejecución y explotación de determinadas infraestructuras de saneamiento y depuración necesarias para garantizar el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 10 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 2255

Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y facultada a los efectos del
presente convenio por los artículos 9.2 y 26.2 i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
De otra parte, doña Rocío del Mar Castellano Domínguez, Alcaldesa-Presidenta del
Excmo. Ayuntamiento de Almonte que interviene en la representación que le confiere el
artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
en nombre y representación de la misma, en ejercicio de las competencias que
establecen el artículo 25 de la citada Ley y demás normas concordantes, nombrada en
virtud del acuerdo plenario adoptado en sesión de 14 de junio de 2019 y facultada para
la firma del presente convenio por acuerdo plenario de fecha 20 de diciembre de 2021.
De otra parte, don Domingo Delgado Pino, Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Burguillos que interviene en la representación que le confiere el
artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
en nombre y representación de la misma, en ejercicio de las competencias que
establecen el artículo 25 de la citada Ley y demás normas concordantes, nombrado en
virtud del acuerdo plenario adoptado en sesión de 14 de junio de 2019 y facultado para
la firma del presente convenio por acuerdo plenario de fecha 23 de noviembre de 2021.
De otra parte, don Víctor Mora Escobar, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento
de Sanlúcar de Barrameda que interviene en la representación que le confiere el
artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
en nombre y representación de la misma, en ejercicio de las competencias que
establecen el artículo 25 de la citada Ley y demás normas concordantes, nombrado en
virtud del acuerdo plenario adoptado en sesión de 14 de junio de 2019 y facultado para
la firma del presente convenio por acuerdo plenario de fecha 30 de noviembre de 2021.
De otra parte, don Lorenzo José Medina Moya, Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Guillena, que interviene en la representación que le confiere el
artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
en nombre y representación de la misma, en ejercicio de las competencias que
establecen el artículo 25 de la citada Ley y demás normas concordantes, nombrado en
virtud del acuerdo plenario adoptado en sesión de 14 de junio de 2019 y facultado para
la firma del presente convenio por acuerdo plenario de fecha 24 de noviembre de 2021.
De otra parte, don Francisco Góngora Cara, Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de El Ejido que interviene en la representación que le confiere el
artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
en nombre y representación de la misma, en ejercicio de las competencias que
establecen el artículo 25 de la citada Ley y demás normas concordantes, nombrado en
virtud del acuerdo plenario adoptado en sesión de 14 de junio de 2019 y facultado para
la firma del presente convenio por acuerdo plenario de fecha 16 de diciembre de 2021.
De otra parte, don Gabriel Amat Ayllón, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento
de Roquetas de Mar y Presidente del Consorcio para la Gestión del Ciclo Integral del
Agua de Uso Urbano en el Poniente Almeriense, que interviene en la representación que
le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de
Régimen Local. Facultado para la firma del presente convenio en los términos que se
recogen en los acuerdos adoptados por la Junta General del Consorcio para la Gestión
del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano en el Poniente Almeriense y el pleno del
Ayuntamiento de Roquetas de Mar el 9 de diciembre de 2021.
De otra parte, don Manuel Cortés Pérez, Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Adra, que interviene en la representación que le confiere el artículo 21
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en nombre y
representación de la misma, en ejercicio de las competencias que establecen el
artículo 25 de la citada Ley y demás normas concordantes, nombrado en virtud del
acuerdo plenario adoptado en sesión de 14 de junio de 2019 y facultado para la firma del
presente convenio por acuerdo plenario de fecha 20 de diciembre de 2021.

cve: BOE-A-2022-384
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Núm. 8