III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-396)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se delegan competencias.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8

Lunes 10 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 2317

2. Se delega en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales y locales la
designación de las comisiones de servicio a realizar por el personal de dichas unidades.
3. Se delega en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales y locales
que ostenten las funciones de coordinador de una determinada encuesta, la designación
de las comisiones de servicio a realizar por el personal, cuando su objeto sea participar
en la recogida de datos de esa encuesta en ámbito superior al provincial.
4. Se delega en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales y Locales
del INE la aprobación de los gastos derivados de procesos electorales que vayan a ser
abonados directamente por la Caja Pagadora de cada Delegación con cargo a los fondos
que se le asignen para este fin, así como la ordenación de los pagos derivados de dichos
gastos.
Quinto. Delegación de competencias en la persona titular de la Vocalía Asesora de
Asuntos Jurídicos.
Se delega en la persona titular de la Vocalía Asesora de Asuntos Jurídicos, y en su
caso, en los instructores de los procedimientos sancionadores en materia estadística
tramitados al amparo del Real Decreto 1572/1993, de 10 de septiembre, la publicación
en el «Boletín Oficial del Estado» de los anuncios de notificación de los actos que
integran el citado procedimiento sancionador, de conformidad con lo previsto en el
artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Sexto. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General
Adjunta de Gestión Económica y Financiera.
1. Se delega en la persona titular de la Secretaría General Adjunta de Gestión
Económica y Financiera la ordenación de la publicación de los anuncios de información
previa, licitación y de adjudicación de contratos administrativos.
2. En caso de vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular citada en el
párrafo anterior, dicha competencia será ejercida por la persona titular de la Jefatura de
Área de Gestión Económica.
3. En caso de vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular citada en el
párrafo anterior, la suplencia recaerá en la persona titular de la Jefatura de Servicio de
Contratación.
Séptimo. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General
Adjunta de Recursos Humanos.
Se delega en la persona titular de la Secretaría General Adjunta de Recursos
Humanos, y en su caso, en la persona titular de la Jefatura de Área de Personal, la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de los anuncios de notificación de los actos
de procedimientos de gestión de personal en los que, intentada la notificación, ésta no se
hubiera podido practicar, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Ejercicio de las competencias delegadas.

1. De conformidad con lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, las resoluciones que se adopten por delegación indicarán expresamente esta
circunstancia, debiendo citarse la autoridad de procedencia.
2. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, en las resoluciones y actos que se dicten mediante
suplencia, se hará constar esta circunstancia y se especificará el titular del órgano en
cuya suplencia se adoptan y quien efectivamente está ejerciendo esta suplencia.

cve: BOE-A-2022-396
Verificable en https://www.boe.es

Octavo.