III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-336)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la utilización de la "Gestión Integrada de servicios de Registro" como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7
Sábado 8 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1637
electrónicamente a los servicios públicos, impone a las Administraciones en su
artículo 17, el deber de tener en cuenta las soluciones disponibles que puedan satisfacer
total o parcialmente las necesidades de nuevos sistemas o servicios o la mejora y
actualización de los ya implantados.
Sexto.
Que la Universidad de Alcalá considera de gran utilidad la aplicación informática
GEISER, desarrollada por la SGAD, para la gestión de sus registros de entrada y salida
y el intercambio tanto con otros organismos como dentro del organismo, de dichos
registros y de la documentación en formato electrónico que los acompañe.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Es objeto del presente convenio:
1. Establecer las condiciones por las que se regirá la puesta a disposición de la
Universidad de Alcalá de la aplicación GEISER por parte de la SGAD, como solución
tecnológica para la gestión de los libros de registro de entrada y salida de dicha
Universidad, así como para la interconexión electrónica de su registro con el Sistema de
Interconexión de Registros y el Registro Electrónico Común.
2. Fijar los términos, las condiciones generales de uso y el soporte necesario para
el funcionamiento de la aplicación GEISER.
Especificaciones de la aplicación.
1. La Universidad de Alcalá debe usar la aplicación GEISER con sus propios
recursos para la mejora de la Administración electrónica en su ámbito de competencias.
2. La SGAD y la Universidad de Alcalá se prestarán el soporte necesario para la
solución de las incidencias técnicas de carácter informático relacionadas con la
aplicación, en los términos recogidos en la cláusula cuarta de este convenio.
3. La conexión de los usuarios de la Universidad de Alcalá a la aplicación
«GEISER» se hará a través de la Red SARA, gestionada por la SGAD, que adoptará las
medidas de seguridad que garanticen la confidencialidad del tránsito de la información
intercambiada.
4. La aplicación distinguirá entre el grupo de usuarios de la Universidad de Alcalá y
el de usuarios de la SGAD como superadministradores de GEISER.
5. Los usuarios de la aplicación tendrán responsabilidad sobre el buen uso y
gestión, en su propio ámbito, del software y de las aplicaciones citadas anteriormente.
En todo caso, la SGAD no responderá de ningún daño y perjuicio directo o indirecto que
provenga del mal empleo de los componentes o de incidencias en el acceso y uso del
servicio por causas ajenas a la infraestructura de la SGAD.
6. Los equipamientos de la Universidad de Alcalá y sus usuarios deberán cumplir
los requisitos mínimos exigidos para el uso de GEISER que figuran en su
documentación.
cve: BOE-A-2022-336
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 7
Sábado 8 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1637
electrónicamente a los servicios públicos, impone a las Administraciones en su
artículo 17, el deber de tener en cuenta las soluciones disponibles que puedan satisfacer
total o parcialmente las necesidades de nuevos sistemas o servicios o la mejora y
actualización de los ya implantados.
Sexto.
Que la Universidad de Alcalá considera de gran utilidad la aplicación informática
GEISER, desarrollada por la SGAD, para la gestión de sus registros de entrada y salida
y el intercambio tanto con otros organismos como dentro del organismo, de dichos
registros y de la documentación en formato electrónico que los acompañe.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Es objeto del presente convenio:
1. Establecer las condiciones por las que se regirá la puesta a disposición de la
Universidad de Alcalá de la aplicación GEISER por parte de la SGAD, como solución
tecnológica para la gestión de los libros de registro de entrada y salida de dicha
Universidad, así como para la interconexión electrónica de su registro con el Sistema de
Interconexión de Registros y el Registro Electrónico Común.
2. Fijar los términos, las condiciones generales de uso y el soporte necesario para
el funcionamiento de la aplicación GEISER.
Especificaciones de la aplicación.
1. La Universidad de Alcalá debe usar la aplicación GEISER con sus propios
recursos para la mejora de la Administración electrónica en su ámbito de competencias.
2. La SGAD y la Universidad de Alcalá se prestarán el soporte necesario para la
solución de las incidencias técnicas de carácter informático relacionadas con la
aplicación, en los términos recogidos en la cláusula cuarta de este convenio.
3. La conexión de los usuarios de la Universidad de Alcalá a la aplicación
«GEISER» se hará a través de la Red SARA, gestionada por la SGAD, que adoptará las
medidas de seguridad que garanticen la confidencialidad del tránsito de la información
intercambiada.
4. La aplicación distinguirá entre el grupo de usuarios de la Universidad de Alcalá y
el de usuarios de la SGAD como superadministradores de GEISER.
5. Los usuarios de la aplicación tendrán responsabilidad sobre el buen uso y
gestión, en su propio ámbito, del software y de las aplicaciones citadas anteriormente.
En todo caso, la SGAD no responderá de ningún daño y perjuicio directo o indirecto que
provenga del mal empleo de los componentes o de incidencias en el acceso y uso del
servicio por causas ajenas a la infraestructura de la SGAD.
6. Los equipamientos de la Universidad de Alcalá y sus usuarios deberán cumplir
los requisitos mínimos exigidos para el uso de GEISER que figuran en su
documentación.
cve: BOE-A-2022-336
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.