III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-327)
Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio con la Fundación Blanquerna, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7

Sábado 8 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 1546

En cuanto al seguro de responsabilidad civil y de accidentes, todos los estudiantes
de la Fundación que estén matriculados en alguna de sus enseñanzas, oficiales o
propias, están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil. Cualquier eventualidad
que pudiera producirse relacionada con los alumnos durante la realización de las
actividades objeto del presente Convenio será cubierta por el Seguro Escolar y por una
Póliza de Responsabilidad Civil, estándose a lo dispuesto en la disposición adicional
quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las
pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, en
todo aquello que resulte de aplicación.
V.

Obligaciones económicas que asume la entidad colaboradora.

La realización de las actividades reguladas en este Convenio no supone la asunción
de obligaciones para las partes más allá de las establecidas en este documento. El
compromiso es de naturaleza institucional y, en consecuencia, no establece el
reconocimiento de ningún derecho u obligación de contenido económico exigible
jurídicamente, salvo en los supuestos y en las condiciones previstas en el anexo II del
Convenio.
En el supuesto de que el/la estudiante realice prácticas externas remuneradas, la
entidad colaboradora tendrá que darle de alta en la Seguridad Social, según establece el
Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el cual se regulan los términos y
condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas
que participan en programas de formación. Así mismo, tendrá que hacer la retención
correspondiente en concepto de IRPF. En el documento de inscripción individual anexo a
este Convenio se concretará, eventualmente, el importe y la forma de su satisfacción.

Para la realización de estas prácticas externas los estudiantes tendrán asignado un
tutor de prácticas de la entidad colaboradora y un tutor académico que será un profesor
de la Fundación.
El reconocimiento por parte de la Fundación de la tarea realizada por los tutores de
prácticas de la entidad colaboradora se definirá de acuerdo con la normativa interna de
prácticas académicas externas de la Fundación.
El tutor de la entidad colaboradora velará por la formación práctica del estudiante
durante su estancia en prácticas, todo realizando su control y seguimiento y poniendo en
conocimiento del tutor de prácticas de la Fundación cualquier incidente que se produzca.
La resolución de posibles incidencias que puedan surgir en el desarrollo de la práctica
serán competencia del tutor académico en coordinación con el tutor de la entidad
colaboradora.
El tutor de la entidad colaboradora realizará y entregará al tutor académico de la
Fundación un informe final con la valoración de la experiencia del estudiante y si pega,
de acuerdo con la normativa interna de la Fundación, también el informe intermedio.
Es competencia exclusiva de la Fundación evaluar, a los efectos exclusivamente
académicos, las prácticas de los estudiantes. El tutor académico emitirá el
correspondiente informe de valoración académica de las prácticas previo la entrega por
parte del tutor de la entidad colaboradora de su informe final de valoración y por parte del
estudiante de la memoria final del desarrollo de las prácticas, de acuerdo con aquello
que dispone la normativa aplicable.
VII. Rescisión anticipada de la práctica.
Será causa de rescisión anticipada de la práctica el incumplimiento grave por parte
del estudiante de sus obligaciones y la conducta impropia en el centro de la entidad
donde desarrolla sus prácticas. Esta rescisión anticipada será acordada por el órgano
competente de la Facultad de acuerdo con la normativa interna en materia de prácticas
externas previo informes presentados por los tutores de prácticas de la entidad

cve: BOE-A-2022-327
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VI. Tutela de las prácticas.