III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-329)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica el Convenio con la Autoridad Portuaria de Sevilla, para la recepción, puesta en servicio, conservación y explotación de las obras 33-SE-5170 y 33-SE-5180, ejecutadas en dominio público portuario y necesarias para la ejecución del "Proyecto de construcción de sustitución de tirantes del Puente del Centenario, situado entre el P.K. 10+000 y el P.K. 12+000 de la autovía SE-30 en Sevilla".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 8 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 1562

septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos y delegación de competencias.
Todas las partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada uno
interviene, la capacidad legal para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
I. Que resultando necesario la mejora del Puente del Centenario de la autovía
SE-30, y siendo el mismo una infraestructura estratégica de la ciudad de Sevilla y su
zona metropolitana sur con una intensidad media diaria de 100.000 vehículos, cualquier
afección a su capacidad durante la ejecución de las obras debe ser paliada mediante
derivación de parte del tráfico por vías alternativas, constituyendo el paso a través de los
puentes móviles de la esclusa del Puerto de Sevilla la principal alternativa para conectar
las autovías SE-30 y SE-40, sin tener que circular por el Puente del Centenario.
II. Que la Autoridad Portuaria de Sevilla, (en adelante, A.P.S.), es un organismo
público, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de
sus fines, que en el ejercicio de sus competencias propias reguladas en el texto
refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (en adelante,
TRLPEMM) gestiona los bienes de dominio público incluidos en la zona de servicio del
Puerto de Sevilla, que están por ello directamente afectos a la explotación portuaria y el
interés general que la misma representa, entre los que se incluyen la infraestructura de
la esclusa del Puerto de Sevilla y los viales interiores de la zona de servicio.
Al respecto, se hace constar que en los referidos viales confluye y se realiza un
importante tráfico de vehículos pesados vinculados a la explotación portuaria y un
significativo número de transportes especiales con origen/destino la zona de servicio del
Puerto de Sevilla.
Así mismo, se hace constar que el Reglamento (CE) n.º 725/2004 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, relativo a la mejora de la protección de
los buques y las instalaciones portuarias y el Real Decreto 1617/2007, de 7 de
diciembre, por el que se establecen medidas para la mejora de la protección de los
puertos y del transporte marítimo, define a la «autoridad gestora del puerto» como
autoridad de protección portuaria, siendo responsable la Autoridad Portuaria de Sevilla,
entre otros aspectos, de garantizar la ejecución de todas las tareas relacionadas con la
protección de la instalación portuaria y controlar el acceso al ámbito portuario, en función
del nivel de protección vigente.
III. Que la Dirección General de Carreteras (en adelante, D.G.C) es un órgano del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, al que corresponde la gestión y
control de la construcción y de la calidad de las nuevas infraestructuras y de las obras de
acondicionamiento, así como el seguimiento técnico y el control económico de las obras
y sus incidencias, de conformidad con lo establecido por el artículo 4.1.e) del Real
Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
IV. Que, de acuerdo a los apartados quinto.1 y quinto.12 de la autorización de
ocupación temporal de parcelas pertenecientes al domino público portuario del Puerto de
Sevilla en sede de expediente de expropiación forzosa de bienes y derechos, de
fecha 25 de julio de 2019, para la ejecución por parte de la D.G.C. de las obras de clave:
33-SE-5170 «Obra mejora de acceso al puerto de Sevilla desde la SE-30» y 33-SE-5180
«Emergencia, trabajos previos para la sustitución de tirantes del Puente del Centenario.
Conexión provisional del acceso sur al puerto desde la SE-40», dicha autorización lo fue
única y exclusivamente para proceder a la ejecución de las obras citadas, sin que la
misma prejuzgase o conllevase autorización para su recepción o puesta en servicio,
siendo necesario proceder a suscribir el instrumento jurídico más adecuado para regular
las citadas recepciones y puestas en servicio, así como la posterior conservación y
explotación de los citados viales durante la ejecución de las Obras Clave: 14-SE-5090
«Proyecto de construcción de sustitución de tirantes del puente del Centenario, situado

cve: BOE-A-2022-329
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