III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-330)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publica la Adenda modificativa y prórroga al Convenio con ADIF y Puertos del Estado, para el diseño, desarrollo y explotación de la plataforma tecnológica SIMPLE.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 8 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1575
de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Todos ellos, reconociéndose la capacidad legal necesaria para suscribir la presente
adenda,
EXPONEN
Que la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana es el
órgano directamente responsable, bajo la dirección del titular del Departamento, de la
definición y propuesta de las políticas del Ministerio referentes a la planificación de las
infraestructuras del transporte, y la definición, propuesta y ejecución de las políticas del
Ministerio referentes a la realización de infraestructuras del transporte a fin de garantizar
una movilidad segura y sostenible, basada en criterios de justicia social, a través de sus
órganos dependientes y de los organismos y entidades adscritos al Departamento, así
como de la definición, propuesta y ejecución de las políticas del Ministerio referentes a la
movilidad y a la ordenación general de los transportes terrestre, marítimo y aéreo de
competencia estatal, así como de las relativas a la realización de infraestructuras de
transporte portuario y aeroportuario a través de sus órganos dependientes y de los
organismos y entidades adscritos al Departamento.
Que la Entidad Pública Empresarial ADIF es un organismo público adscrito al
Ministerio de Fomento, en la actualidad, Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y goza
de personalidad jurídica propia, así como plena capacidad de obrar para el cumplimiento
de sus fines y patrimonio propio, y se rige por lo establecido en la Ley 38/2015, de 29 de
septiembre, del Sector Ferroviario, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y sus normas de desarrollo, en su Estatuto y en la legislación
presupuestaria y otras normas de aplicación.
En el ejercicio de sus funciones, ADIF actúa con autonomía de gestión, teniendo en
cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la satisfacción de las necesidades
sociales con la máxima calidad, la seguridad de los usuarios y la eficacia global del
sistema ferroviario.
Que Puertos del Estado es un organismo público de los previstos en la letra i) del
apartado 2 del artículo 2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, adscrito al Ministerio de Fomento, en la actualidad, Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana que se rige por su legislación específica y, supletoriamente,
por la normativa de organización y funcionamiento de la Administración General del
Estado, y que goza de personalidad jurídica propia y patrimonio propios, así como plena
capacidad de obrar, y ajusta sus actividades al ordenamiento jurídico privado, incluso en
las adquisiciones patrimoniales y contratación, salvo en el ejercicio de funciones de
poder público que el ordenamiento le atribuya.
Que con fecha 29 de abril de 2019 se suscribió, previa tramitación administrativa, el
Convenio entre la entonces Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda del Ministerio de Fomento, ADIF y Puertos del Estado para el diseño, desarrollo
y explotación de la Plataforma Tecnológica SIMPLE, en adelante «convenio». La
publicación del mismo tuvo lugar el día 23 de mayo de 2019 en el BOE.
En el marco del citado convenio, por parte de Puertos del Estado se procedió a la
licitación, mediante procedimiento abierto, del contrato de servicios para el análisis,
definición, desarrollo, implantación y gestión de un prototipo operativo en relación con un
sistema de intercambio de información logística (plataforma tecnológica SIMPLE), con
número de expediente 008/2020 y cuyo anuncio de licitación se publicó en el BOE de
fecha 10 de marzo de 2020 y en el DOUE de fecha 24 de febrero de 2020.
Constituye su objeto la contratación de servicios de asistencia técnica para analizar,
desarrollar, implantar y mantener una plataforma tecnológica abierta, colaborativa e
integrada que permita la interoperabilidad entre los distintos modos de transporte de
mercancías, la digitalización de flujos de información y documentos ligados al transporte
multimodal, y el intercambio de datos de forma digital entre los diferentes operadores, y
cve: BOE-A-2022-330
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 7
Sábado 8 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1575
de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Todos ellos, reconociéndose la capacidad legal necesaria para suscribir la presente
adenda,
EXPONEN
Que la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana es el
órgano directamente responsable, bajo la dirección del titular del Departamento, de la
definición y propuesta de las políticas del Ministerio referentes a la planificación de las
infraestructuras del transporte, y la definición, propuesta y ejecución de las políticas del
Ministerio referentes a la realización de infraestructuras del transporte a fin de garantizar
una movilidad segura y sostenible, basada en criterios de justicia social, a través de sus
órganos dependientes y de los organismos y entidades adscritos al Departamento, así
como de la definición, propuesta y ejecución de las políticas del Ministerio referentes a la
movilidad y a la ordenación general de los transportes terrestre, marítimo y aéreo de
competencia estatal, así como de las relativas a la realización de infraestructuras de
transporte portuario y aeroportuario a través de sus órganos dependientes y de los
organismos y entidades adscritos al Departamento.
Que la Entidad Pública Empresarial ADIF es un organismo público adscrito al
Ministerio de Fomento, en la actualidad, Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y goza
de personalidad jurídica propia, así como plena capacidad de obrar para el cumplimiento
de sus fines y patrimonio propio, y se rige por lo establecido en la Ley 38/2015, de 29 de
septiembre, del Sector Ferroviario, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y sus normas de desarrollo, en su Estatuto y en la legislación
presupuestaria y otras normas de aplicación.
En el ejercicio de sus funciones, ADIF actúa con autonomía de gestión, teniendo en
cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la satisfacción de las necesidades
sociales con la máxima calidad, la seguridad de los usuarios y la eficacia global del
sistema ferroviario.
Que Puertos del Estado es un organismo público de los previstos en la letra i) del
apartado 2 del artículo 2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, adscrito al Ministerio de Fomento, en la actualidad, Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana que se rige por su legislación específica y, supletoriamente,
por la normativa de organización y funcionamiento de la Administración General del
Estado, y que goza de personalidad jurídica propia y patrimonio propios, así como plena
capacidad de obrar, y ajusta sus actividades al ordenamiento jurídico privado, incluso en
las adquisiciones patrimoniales y contratación, salvo en el ejercicio de funciones de
poder público que el ordenamiento le atribuya.
Que con fecha 29 de abril de 2019 se suscribió, previa tramitación administrativa, el
Convenio entre la entonces Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda del Ministerio de Fomento, ADIF y Puertos del Estado para el diseño, desarrollo
y explotación de la Plataforma Tecnológica SIMPLE, en adelante «convenio». La
publicación del mismo tuvo lugar el día 23 de mayo de 2019 en el BOE.
En el marco del citado convenio, por parte de Puertos del Estado se procedió a la
licitación, mediante procedimiento abierto, del contrato de servicios para el análisis,
definición, desarrollo, implantación y gestión de un prototipo operativo en relación con un
sistema de intercambio de información logística (plataforma tecnológica SIMPLE), con
número de expediente 008/2020 y cuyo anuncio de licitación se publicó en el BOE de
fecha 10 de marzo de 2020 y en el DOUE de fecha 24 de febrero de 2020.
Constituye su objeto la contratación de servicios de asistencia técnica para analizar,
desarrollar, implantar y mantener una plataforma tecnológica abierta, colaborativa e
integrada que permita la interoperabilidad entre los distintos modos de transporte de
mercancías, la digitalización de flujos de información y documentos ligados al transporte
multimodal, y el intercambio de datos de forma digital entre los diferentes operadores, y
cve: BOE-A-2022-330
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 7