III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-331)
Orden ICT/1519/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas para proyectos de digitalización de "última milla" en empresas del sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 8 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1600
e) En caso de tengan la misma puntuación en los apartados anteriores, el que tenga
mayor puntuación en el Criterio «Estrategia, mercado y explotación de resultados».
f) En el caso de que se mantenga el empate, se considerará la solicitud que agrupe
más empresas.
Artículo 22. Criterios de evaluación aplicables a los proyectos señalados en el
artículo 7.
1. Los criterios y baremos de puntuación a utilizar para evaluar las solicitudes
referidas en el artículo 7 de esta orden, «Proyectos de implantación y adopción de
nuevas tecnologías» (Línea 2), serán los siguientes:
a) Calidad científico-técnica. Se valorará la calidad técnica del proyecto analizando
si es adecuado para su propósito y resuelve las necesidades expresadas, la metodología
analizando la descripción de las fases en las que se divide, las técnicas de gestión
utilizadas y herramientas para la difusión y comunicación de los resultados, la
adecuación de la planificación de las actividades propuestas y el carácter diferenciador
de la propuesta analizando el nivel de originalidad respecto a otras soluciones
existentes. Puntuación máxima del criterio 20. Umbral del criterio 10 puntos.
b) Oportunidad estratégica de la actuación. Se valorará la alineación de la
propuesta con las prioridades objeto de la convocatoria valorando si se encuentran
vinculadas a procesos de innovación de base tecnológica, dirigidas a asociaciones o
entidades asociativas de empresas, preferentemente PYMES, en el que la solución a
financiar beneficié a un número escalable de empresas, que mejoren los procesos de
gestión de las empresas en su relación con clientes, en la gestión de sus beneficios o,
por ejemplo, en su posicionamiento de marca, el impacto en los destinatarios de la
actuación económico, en el empleo, en competitividad, ganancia de visibilidad en el
sector y la contribución efectiva, tanto cualitativa mediante la capacidad de
transformación de su sector como cuantitativa mediante el número de empresas
involucradas en la iniciativa, para el estímulo de la competitividad empresarial y la
transición hacia la digitalización del sector turístico. Puntuación máxima del criterio: 20.
Umbral del criterio: 10 puntos.
c) Capacidad de integración de los agentes del sistema. Se valorará el grado y
número de empresas participantes, la estructura y organización de la actuación
propuesta, la integración y representatividad de todos los agentes del sistema, así como
las medidas sobre igualdad de género y de generación o mantenimiento del empleo.
Puntuación máxima del criterio: 20. Umbral del criterio: 10 puntos.
d) Capacidad de gestión del equipo y colaboración. Se valorará la capacidad de
gestión técnica de los solicitantes valorando las herramientas para la gestión de la
agrupación en cuanto a comunicación interna, los mecanismos de coordinación, planes
de contingencia a la hora de abordar riesgos no previstos y la colaboración con terceros
mediante un adecuado dimensionamiento de las tareas por cada integrante de la
agrupación. Puntuación máxima del criterio 20. Umbral del criterio 10 puntos.
e) Viabilidad económica y financiera de la propuesta. Se valorará la coherencia de
las necesidades financieras de la propuesta, la estructura de financiación, la
sostenibilidad en el tiempo, la dimensión económica del proyecto en relación a la
capacidad financiera de los beneficiarios y la adecuación del presupuesto presentado a
las actividades propuestas. Se valorará negativamente el sobredimensionamiento del
presupuesto. Puntuación máxima del criterio 20. Umbral del criterio 10 puntos.
2. En los casos de solicitudes con igual puntuación de proyectos Línea 2, tendrá
preferencia:
a) El que tenga mayor puntuación en el Criterio «Oportunidad estratégica de la
actuación».
cve: BOE-A-2022-331
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 7
Sábado 8 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1600
e) En caso de tengan la misma puntuación en los apartados anteriores, el que tenga
mayor puntuación en el Criterio «Estrategia, mercado y explotación de resultados».
f) En el caso de que se mantenga el empate, se considerará la solicitud que agrupe
más empresas.
Artículo 22. Criterios de evaluación aplicables a los proyectos señalados en el
artículo 7.
1. Los criterios y baremos de puntuación a utilizar para evaluar las solicitudes
referidas en el artículo 7 de esta orden, «Proyectos de implantación y adopción de
nuevas tecnologías» (Línea 2), serán los siguientes:
a) Calidad científico-técnica. Se valorará la calidad técnica del proyecto analizando
si es adecuado para su propósito y resuelve las necesidades expresadas, la metodología
analizando la descripción de las fases en las que se divide, las técnicas de gestión
utilizadas y herramientas para la difusión y comunicación de los resultados, la
adecuación de la planificación de las actividades propuestas y el carácter diferenciador
de la propuesta analizando el nivel de originalidad respecto a otras soluciones
existentes. Puntuación máxima del criterio 20. Umbral del criterio 10 puntos.
b) Oportunidad estratégica de la actuación. Se valorará la alineación de la
propuesta con las prioridades objeto de la convocatoria valorando si se encuentran
vinculadas a procesos de innovación de base tecnológica, dirigidas a asociaciones o
entidades asociativas de empresas, preferentemente PYMES, en el que la solución a
financiar beneficié a un número escalable de empresas, que mejoren los procesos de
gestión de las empresas en su relación con clientes, en la gestión de sus beneficios o,
por ejemplo, en su posicionamiento de marca, el impacto en los destinatarios de la
actuación económico, en el empleo, en competitividad, ganancia de visibilidad en el
sector y la contribución efectiva, tanto cualitativa mediante la capacidad de
transformación de su sector como cuantitativa mediante el número de empresas
involucradas en la iniciativa, para el estímulo de la competitividad empresarial y la
transición hacia la digitalización del sector turístico. Puntuación máxima del criterio: 20.
Umbral del criterio: 10 puntos.
c) Capacidad de integración de los agentes del sistema. Se valorará el grado y
número de empresas participantes, la estructura y organización de la actuación
propuesta, la integración y representatividad de todos los agentes del sistema, así como
las medidas sobre igualdad de género y de generación o mantenimiento del empleo.
Puntuación máxima del criterio: 20. Umbral del criterio: 10 puntos.
d) Capacidad de gestión del equipo y colaboración. Se valorará la capacidad de
gestión técnica de los solicitantes valorando las herramientas para la gestión de la
agrupación en cuanto a comunicación interna, los mecanismos de coordinación, planes
de contingencia a la hora de abordar riesgos no previstos y la colaboración con terceros
mediante un adecuado dimensionamiento de las tareas por cada integrante de la
agrupación. Puntuación máxima del criterio 20. Umbral del criterio 10 puntos.
e) Viabilidad económica y financiera de la propuesta. Se valorará la coherencia de
las necesidades financieras de la propuesta, la estructura de financiación, la
sostenibilidad en el tiempo, la dimensión económica del proyecto en relación a la
capacidad financiera de los beneficiarios y la adecuación del presupuesto presentado a
las actividades propuestas. Se valorará negativamente el sobredimensionamiento del
presupuesto. Puntuación máxima del criterio 20. Umbral del criterio 10 puntos.
2. En los casos de solicitudes con igual puntuación de proyectos Línea 2, tendrá
preferencia:
a) El que tenga mayor puntuación en el Criterio «Oportunidad estratégica de la
actuación».
cve: BOE-A-2022-331
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 7