III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Marina mercante. Titulaciones de recreo. (BOE-A-2022-315)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan, para el primer semestre de 2022, exámenes teóricos ordinarios para la obtención de titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Viernes 7 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 1460

Patrón de embarcaciones de recreo
1. El examen se compondrá de cuarenta y cinco preguntas tipo test de formulación
independiente entre sí, con cuatro posibles respuestas cada una. Siendo su duración
máxima de una hora y treinta minutos.
2. El examen se corregirá mediante un doble criterio de valoración, de tal forma que
para lograr el aprobado se deberá responder correctamente un mínimo de treinta y dos
preguntas, no permitiéndose en ciertas materias, superar un número máximo de errores:
– Del Convenio Internacional para Prevenir Abordajes, máximo cinco errores
permitidos.
– De Balizamiento, máximo dos errores permitidos.
– Carta de navegación, máximo dos errores permitidos.
La distribución de las preguntas de acuerdo a las materias de examen se hará según
el siguiente cuadro:
Número de
preguntas de
examen

Número máximo de
errores permitidos

Número mínimo de
respuestas correctas

Número máximo de
errores permitidos
(prueba compl. PNB)

Número mínimo de
respuestas correctas
(prueba compl. PNB)

1 Nomenclatura náutica.

4









2 Elementos de amarre y fondeo.

2









3 Seguridad.

4









4 Legislación.

2









5 Balizamiento.

5

2

3





10

5

5





27

10

17

7 Maniobra.

2









8 Emergencias en la mar.

3









9 Meteorología.

4









10 Teoría de navegación.

5









11 Carta de navegación.

4

2

2

2

2

3

15

Identificación

6 Reglamento (RIPA).
Parcial PNB.

Parcial PER.
Total examen.

18
45

13

32

Relación existente entre las pruebas del patrón para navegación básica y el patrón
de embarcaciones de recreo:
a) Aquellas personas que estén en posesión del título de patrón para navegación
básica, o hayan superado el examen teórico para la obtención del título de patrón para
navegación básica de acuerdo a lo especificado en el Real Decreto 875/2014, no tendrán
que realizar la prueba específica para el patrón de embarcaciones de recreo en su
totalidad, sino solamente las unidades teóricas 7, 8, 9, 10 y 11, disponiendo de un tiempo
máximo de cuarenta y cinco minutos.
b) Aquellas personas que estén en posesión del título de patrón para navegación
básica, podrán presentarse al examen teórico específico para la obtención del título de
patrón de embarcaciones de recreo y complementario del ya superado para la obtención del
título de patrón para navegación básica, en cualquier Administración con competencias en
la materia, sea esta la misma que expidió a su favor el título de patrón para navegación
básica u otra.

cve: BOE-A-2022-315
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