III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-316)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Mondariz, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de mejora y ampliación de la Senda da Coviña-Laredo, en el término municipal de Mondariz (Pontevedra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6
Viernes 7 de enero de 2022
Novena.
Sec. III. Pág. 1469
Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Mondariz.
Le corresponderán al Ayuntamiento de Mondariz, las siguientes obligaciones y
facultades:
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente Convenio.
2. La gestión, explotación, mantenimiento y conservación del sendero y de los
molinos afectados por la restauración, a partir del día siguiente a la recepción de la
notificación descrita en el punto primero de la cláusula séptima, convirtiéndose a todos
los efectos, en el único responsable de la infraestructura construida, asumiendo los
derechos, obligaciones y cargas inherentes a dicho mantenimiento y conservación.
3. El pago de todos cuantos tributos graven dichas instalaciones, incluso, en su
caso, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y los costes de suministros y servicios
necesarios para la conservación de lo actuado y en general, de todos los gastos
derivados de la gestión, mantenimiento y conservación de las obras objeto de este
Convenio.
4. La aprobación de los proyectos constructivos de forma que sustituya al
otorgamiento de la licencia municipal, en caso de que esta resultara necesaria. El
incumplimiento de esta obligación será causa de resolución del Convenio, de
conformidad con lo establecido en la cláusula segunda. A este respecto, una vez
aprobado definitivamente el proyecto por parte de la Confederación Hidrográfica del
Miño-Sil, O.A., esta requerirá al Ayuntamiento de Mondariz la acreditación del
cumplimiento de esta obligación en el plazo que a tal efecto se indique.
5. Realizar las obras de mantenimiento y conservación de las infraestructuras que
sean necesarias, comprometiéndose a asumir los gastos que de las mismas puedan
derivarse.
6. Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., los
terrenos precisos para la realización de las obras, libres de cargas y gravámenes, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula décima.
7. El Ayuntamiento de Mondariz queda facultado, a partir de la entrega de lo
construido, a utilizar las obras entregadas de acuerdo con los fines que motivaron su
ejecución.
Décima.
Puesta a disposición de los terrenos.
Undécima.
Comisión de Seguimiento.
Para el desarrollo de esta colaboración y hasta el momento de la entrega de las
actuaciones, se establece una Comisión Mixta que estará compuesta por un
representante de cada parte, que se reunirán cuantas veces sea necesario, a petición de
cualquiera de las partes.
Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente
Convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución; le
cve: BOE-A-2022-316
Verificable en https://www.boe.es
El Ayuntamiento de Mondariz pondrá a disposición los terrenos necesarios para la
mejora y ampliación de la senda.
Una vez aprobado definitivamente los proyectos por parte de la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., esta requerirá al Ayuntamiento la acreditación de la
puesta a disposición de los terrenos en el plazo que a tal efecto se le indique.
El incumplimiento de tal requerimiento facultará a la Confederación Hidrográfica del
Miño-Sil, O.A., para declarar extinguido el Convenio, de conformidad con lo establecido
en la cláusula segunda, de lo que, en su caso, informará a la corporación local.
La puesta a disposición de los terrenos se materializará mediante certificado del
Secretario municipal en el que se refleje la disponibilidad de los mismos por parte del
Ayuntamiento.
Núm. 6
Viernes 7 de enero de 2022
Novena.
Sec. III. Pág. 1469
Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Mondariz.
Le corresponderán al Ayuntamiento de Mondariz, las siguientes obligaciones y
facultades:
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente Convenio.
2. La gestión, explotación, mantenimiento y conservación del sendero y de los
molinos afectados por la restauración, a partir del día siguiente a la recepción de la
notificación descrita en el punto primero de la cláusula séptima, convirtiéndose a todos
los efectos, en el único responsable de la infraestructura construida, asumiendo los
derechos, obligaciones y cargas inherentes a dicho mantenimiento y conservación.
3. El pago de todos cuantos tributos graven dichas instalaciones, incluso, en su
caso, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y los costes de suministros y servicios
necesarios para la conservación de lo actuado y en general, de todos los gastos
derivados de la gestión, mantenimiento y conservación de las obras objeto de este
Convenio.
4. La aprobación de los proyectos constructivos de forma que sustituya al
otorgamiento de la licencia municipal, en caso de que esta resultara necesaria. El
incumplimiento de esta obligación será causa de resolución del Convenio, de
conformidad con lo establecido en la cláusula segunda. A este respecto, una vez
aprobado definitivamente el proyecto por parte de la Confederación Hidrográfica del
Miño-Sil, O.A., esta requerirá al Ayuntamiento de Mondariz la acreditación del
cumplimiento de esta obligación en el plazo que a tal efecto se indique.
5. Realizar las obras de mantenimiento y conservación de las infraestructuras que
sean necesarias, comprometiéndose a asumir los gastos que de las mismas puedan
derivarse.
6. Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., los
terrenos precisos para la realización de las obras, libres de cargas y gravámenes, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula décima.
7. El Ayuntamiento de Mondariz queda facultado, a partir de la entrega de lo
construido, a utilizar las obras entregadas de acuerdo con los fines que motivaron su
ejecución.
Décima.
Puesta a disposición de los terrenos.
Undécima.
Comisión de Seguimiento.
Para el desarrollo de esta colaboración y hasta el momento de la entrega de las
actuaciones, se establece una Comisión Mixta que estará compuesta por un
representante de cada parte, que se reunirán cuantas veces sea necesario, a petición de
cualquiera de las partes.
Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente
Convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución; le
cve: BOE-A-2022-316
Verificable en https://www.boe.es
El Ayuntamiento de Mondariz pondrá a disposición los terrenos necesarios para la
mejora y ampliación de la senda.
Una vez aprobado definitivamente los proyectos por parte de la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., esta requerirá al Ayuntamiento la acreditación de la
puesta a disposición de los terrenos en el plazo que a tal efecto se le indique.
El incumplimiento de tal requerimiento facultará a la Confederación Hidrográfica del
Miño-Sil, O.A., para declarar extinguido el Convenio, de conformidad con lo establecido
en la cláusula segunda, de lo que, en su caso, informará a la corporación local.
La puesta a disposición de los terrenos se materializará mediante certificado del
Secretario municipal en el que se refleje la disponibilidad de los mismos por parte del
Ayuntamiento.