I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. Permisos de conducción. (BOE-A-2022-287)
Orden INT/1518/2021, de 28 de diciembre, por la que se determinan las escuelas facultadas para impartir la formación y especialización, y el órgano competente para expedir los permisos de conducción de vehículos policiales de la Dirección General de la Policía, la autorización para su conducción por personal ajeno a la Policía Nacional y la autorización especial para conducirlos cuando transporten mercancías peligrosas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Viernes 7 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 1323

ANEXO II
Página uno (anverso)
(Fondo blanco)

(a)

(c)

(b)
MINISTERIO DEL INTERIOR
REINO DE ESPAÑA
ADR-CERTIFICADO DE FORMACIÓN
DEL CONDUCTOR DE POLICÍA NACIONAL

(d)
FOTO

1 Apellidos (e)
2 Nombre
3 Fecha de nacimiento
4a.
4b.
4c.
6. Firma

(g)

5. DNI

(f)
Página dos (reverso)
(Fondo blanco)

(h)

VÁLIDO PARA LA O LAS CLASES

(j)

(i)
CISTERNAS:

QUE NO SEA EN CISTERNAS:

7. Clase(s)

8. Clase(s)

ANEXO III
Modelo de autorización temporal para la conducción de vehículos de la Dirección
General de la Policía, para personal ajeno a la Policía Nacional

a. Zona superior izquierda: bandera de la Unión Europea con fondo azul
rectangular, con la inscripción «E» en el centro del círculo de estrellas.
b. Zona superior central: mención «MINISTERIO DEL INTERIOR-REINO DE
ESPAÑA, AUTORIZACIÓN TEMPORAL PARA LA CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS DE
POLICÍA NACIONAL».
c. Zona superior derecha: anagrama escudo de la Policía Nacional de color azul.

cve: BOE-A-2022-287
Verificable en https://www.boe.es

1. Las dimensiones y demás características físicas de la tarjeta se ajustarán a la
norma ISO/IEC 7810, con identificación de tamaño ID-1.
2. El documento constará de dos caras de color blanco.
3. La página uno (anverso), contendrá: