III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-284)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Galicia, para el impulso y consolidación del sistema Tarjeta Social Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Jueves 6 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 1259

Registros de detalle, cuyo formato dependerá del tipo de dato (prestaciones, pagos o
situaciones subjetivas).
Registro de pie, cuyos primeros campos serán los siguientes:
– Primer carácter: con el valor «P».
– Siguientes nueve caracteres: con el número total de registros que se han enviado.
Se validará que el número total de registros coincida con el número total de registros
recibidos (el de cabecera, más los de detalle más el de pie).
Los ficheros de respuesta que se devuelvan serán iguales a los recibidos (mismo
formato) añadiendo los errores encontrados tras la validación. Se informarán hasta cinco
códigos de respuesta por cada registro.
Los códigos de respuesta que empiecen por el carácter 9 (9nnnnn) no se consideran
códigos de error, son avisos para aclarar alguna circunstancia de la actualización
(aunque la información se haya grabado correctamente).
Los registros sin ningún código de rechazo o sólo con códigos de aviso, se habrán
grabado correctamente en los datos de TSD.
Si hay un error en el registro cabecera o pie, todos los registros de detalle se
devolverán con error y el fichero no se habrá procesado.
Algunos campos sin contenido en el fichero de envío pueden devolverse con
contenido en el fichero de respuesta (p. e. el campo «otro identificativo» del registro de
Prestaciones para complementar algunos errores o avisos referidos al «identificativo» de
entrada).
Operativa con IFI
Para el envío de ficheros para la TSD por IFI se requiere que los ficheros tengan una
nomenclatura determinada y ser depositados en el buzón de envío correspondiente
conforme esté configurado el cliente IFI en su Entidad. Una vez procesados y validados,
se devolverá una respuesta que IFI depositará en el buzón de recepción.
El nombre del fichero a remitir deberá llamarse:
Entorno

Nombre de fichero

Producción.

IFI.TRSC.D.N».

Formación.

IFI.FOTS.D.N».

Donde:
indicará el tipo de información que el fichero contiene, siendo aceptados
los siguientes valores:
Tipo de carga

Valor tipofich

Prestaciones.

Carga inicial.

PRM

Prestaciones.

Carga diaria.

PRD

Pagos.

Carga inicial.

PAM

Pagos.

Carga diaria.

PAD

Situaciones subjetivas.

Carga inicial.

SSM

Situaciones subjetivas.

Carga diaria.

SSD

cve: BOE-A-2022-284
Verificable en https://www.boe.es

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