III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-250)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A., y la Xunta de Galicia, para el intercambio de datos a efectos del control de subvenciones a los seguros agrarios de los beneficiarios de su Comunidad Autónoma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Miércoles 5 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1159
Ambas partes reconocen respectivamente, competencia y capacidad para dar firma
al presente documento y, en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Con fecha 22 de diciembre de 2017 se suscribió un Convenio entre la Entidad Estatal
de Seguros Agrarios, O.A., y la Consejería del Medio Rural de la Xunta de Galicia cuyo
objeto era el intercambio de datos a efectos del control de subvenciones a los seguros
agrarios de los beneficiarios de su comunidad autónoma.
Segundo.
De conformidad con la cláusula quinta del Convenio los efectos de este tendrán una
duración de cuatro años, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo unánime de ambas
partes, por otro periodo de cuatro años, salvo denuncia expresa en contrario de alguna
de las partes presentada con un mes de antelación.
Tercero.
De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del citado Convenio, se prevé que
este podrá ser modificado, por mutuo acuerdo de las partes, mediante la formalización
del oportuno Acuerdo de Modificación, que deberá ser suscrito con anterioridad a la
expiración del plazo del mismo.
Cuarto.
Se considera necesaria la introducción de una nueva cláusula relativa a la protección
de datos, así como la modificación del anexo I del Convenio.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de
prórroga y modificación del convenio referido que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
Esta adenda tiene por objeto acordar la prórroga del Convenio suscrito por ENESA y
la Consejería del Medio Rural de la Xunta de Galicia el 22 de diciembre de 2017, así
como recoger las modificaciones detalladas en las siguientes cláusulas.
Segunda.
Prórroga del Convenio.
Mediante la presente adenda, las partes acuerdan la prórroga expresa de la vigencia
del Convenio por un periodo adicional de cuatro años.
Introducción de una nueva cláusula de protección de datos.
Se añade una nueva cláusula octava al Convenio de fecha 22 de diciembre de 2017,
cuya redacción es la siguiente:
«En cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos,
las partes se comprometen a utilizar los datos personales, incluidos los
recopilados por medios electrónicos, para el cumplimiento de las actuaciones
previstas en este Convenio.
cve: BOE-A-2022-250
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 4
Miércoles 5 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1159
Ambas partes reconocen respectivamente, competencia y capacidad para dar firma
al presente documento y, en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Con fecha 22 de diciembre de 2017 se suscribió un Convenio entre la Entidad Estatal
de Seguros Agrarios, O.A., y la Consejería del Medio Rural de la Xunta de Galicia cuyo
objeto era el intercambio de datos a efectos del control de subvenciones a los seguros
agrarios de los beneficiarios de su comunidad autónoma.
Segundo.
De conformidad con la cláusula quinta del Convenio los efectos de este tendrán una
duración de cuatro años, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo unánime de ambas
partes, por otro periodo de cuatro años, salvo denuncia expresa en contrario de alguna
de las partes presentada con un mes de antelación.
Tercero.
De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del citado Convenio, se prevé que
este podrá ser modificado, por mutuo acuerdo de las partes, mediante la formalización
del oportuno Acuerdo de Modificación, que deberá ser suscrito con anterioridad a la
expiración del plazo del mismo.
Cuarto.
Se considera necesaria la introducción de una nueva cláusula relativa a la protección
de datos, así como la modificación del anexo I del Convenio.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de
prórroga y modificación del convenio referido que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
Esta adenda tiene por objeto acordar la prórroga del Convenio suscrito por ENESA y
la Consejería del Medio Rural de la Xunta de Galicia el 22 de diciembre de 2017, así
como recoger las modificaciones detalladas en las siguientes cláusulas.
Segunda.
Prórroga del Convenio.
Mediante la presente adenda, las partes acuerdan la prórroga expresa de la vigencia
del Convenio por un periodo adicional de cuatro años.
Introducción de una nueva cláusula de protección de datos.
Se añade una nueva cláusula octava al Convenio de fecha 22 de diciembre de 2017,
cuya redacción es la siguiente:
«En cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos,
las partes se comprometen a utilizar los datos personales, incluidos los
recopilados por medios electrónicos, para el cumplimiento de las actuaciones
previstas en este Convenio.
cve: BOE-A-2022-250
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.