III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-251)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., para el desarrollo de actuaciones de reducción del riesgo de mortalidad de especies de fauna silvestre.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Miércoles 5 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1167
Las partes, en la calidad en que cada uno interviene, se reconocen recíprocamente
la capacidad para el otorgamiento de esta Adenda, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 30 de abril se firmó entre las partes el convenio entre la Dirección
General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación y el Organismo Autónomo
Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. adscrito al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico para el desarrollo de actuaciones de reducción del
riesgo de mortalidad de especies de fauna silvestre.
Segundo.
Que debido a que no se han podido contratar los trabajos contenidas en la cláusula
octava del convenio previstos para la anualidad 2021, es necesario reajustar las
anualidades con el mismo importe de inversión total máxima, y se precisa una
modificación de convenio para realizar los compromisos en ejercicios futuros.
Tercero.
Que la presente Adenda al Convenio ha sido informada favorablemente por la
Abogacía del Estado en fecha 4 de Octubre de 2021, por la Secretaría General Técnica
en fecha 15 de octubre de 2021 en atención a lo dispuesto en la Orden PRA/1267/2017,
de 21 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de
diciembre de 2017, y autorizada su firma por el Ministerio de Hacienda, conforme al
artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público en fecha 27
de octubre de 2021, habiéndose sometido al trámite de fiscalización previa ante la
Intervención Delegada en la Confederación Hidrográfica del Duero, con fecha 22 de
diciembre de 2021, con resultado favorable, conforme a lo dispuesto en el artículo 152
de la Ley 47/2003, General Presupuestaria y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15
de junio de 2021, por el que se da aplicación a la previsión de los artículos 152 y 147 de
la Ley General Presupuestaria, respecto al ejercicio de la función interventora en
régimen de requisitos básicos en el ámbito de convenios y transferencias a comunidades
autónomas realizadas de conformidad con el artículo 86 de la Ley General
Presupuestaria.
Cuarto.
Es por ello por lo que las partes han decidido acordar una modificación del convenio
firmado el 30 de abril de 2021, con la siguiente
CLÁUSULA
Modificación de la cláusula sexta de inversión, por reajuste de anualidades.
La cláusula sexta de inversión del convenio entre Dirección General de
Biodiversidad, Bosques y Desertificación y el Organismo Autónomo Confederación
Hidrográfica del Duero, O.A. quedaría tal y como se indica a continuación:
La inversión máxima para la realización de las actuaciones marcadas en este
convenio será de 2.290.000 euros, que financiarán conjuntamente los dos organismos
al 50 %.
Las actuaciones relativas a los canales tendrán un presupuesto máximo de 45.000
euros y las correcciones de tendidos 2.245.000 euros.
cve: BOE-A-2022-251
Verificable en https://www.boe.es
Única.
Núm. 4
Miércoles 5 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1167
Las partes, en la calidad en que cada uno interviene, se reconocen recíprocamente
la capacidad para el otorgamiento de esta Adenda, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 30 de abril se firmó entre las partes el convenio entre la Dirección
General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación y el Organismo Autónomo
Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. adscrito al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico para el desarrollo de actuaciones de reducción del
riesgo de mortalidad de especies de fauna silvestre.
Segundo.
Que debido a que no se han podido contratar los trabajos contenidas en la cláusula
octava del convenio previstos para la anualidad 2021, es necesario reajustar las
anualidades con el mismo importe de inversión total máxima, y se precisa una
modificación de convenio para realizar los compromisos en ejercicios futuros.
Tercero.
Que la presente Adenda al Convenio ha sido informada favorablemente por la
Abogacía del Estado en fecha 4 de Octubre de 2021, por la Secretaría General Técnica
en fecha 15 de octubre de 2021 en atención a lo dispuesto en la Orden PRA/1267/2017,
de 21 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de
diciembre de 2017, y autorizada su firma por el Ministerio de Hacienda, conforme al
artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público en fecha 27
de octubre de 2021, habiéndose sometido al trámite de fiscalización previa ante la
Intervención Delegada en la Confederación Hidrográfica del Duero, con fecha 22 de
diciembre de 2021, con resultado favorable, conforme a lo dispuesto en el artículo 152
de la Ley 47/2003, General Presupuestaria y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15
de junio de 2021, por el que se da aplicación a la previsión de los artículos 152 y 147 de
la Ley General Presupuestaria, respecto al ejercicio de la función interventora en
régimen de requisitos básicos en el ámbito de convenios y transferencias a comunidades
autónomas realizadas de conformidad con el artículo 86 de la Ley General
Presupuestaria.
Cuarto.
Es por ello por lo que las partes han decidido acordar una modificación del convenio
firmado el 30 de abril de 2021, con la siguiente
CLÁUSULA
Modificación de la cláusula sexta de inversión, por reajuste de anualidades.
La cláusula sexta de inversión del convenio entre Dirección General de
Biodiversidad, Bosques y Desertificación y el Organismo Autónomo Confederación
Hidrográfica del Duero, O.A. quedaría tal y como se indica a continuación:
La inversión máxima para la realización de las actuaciones marcadas en este
convenio será de 2.290.000 euros, que financiarán conjuntamente los dos organismos
al 50 %.
Las actuaciones relativas a los canales tendrán un presupuesto máximo de 45.000
euros y las correcciones de tendidos 2.245.000 euros.
cve: BOE-A-2022-251
Verificable en https://www.boe.es
Única.