III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-252)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de modificación de condiciones de la Resolución de 10 de mayo de 2019, de la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto "Aeródromo de El Membrillar, término municipal de Helechosa de los Montes (Badajoz)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 1170

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de
Extremadura para minimizar el impacto sobre la fauna y la biodiversidad. Dentro de las
medidas compensatorias consensuadas se encuentra la suelta y mejora de las
poblaciones de anátidas en la finca, en un pequeño embalse aguas abajo en la cuenca
del arroyo Arquillo y dentro de la zona de campeo de la pareja de Águila imperial ibérica.
El promotor solicita cambiar las especificaciones establecidas en la declaración de
impacto ambiental y sustituirlas por las siguientes:
A. El emplazamiento seleccionado para la reforestación de 7,4 hectáreas se
propone cambiar por un nuevo emplazamiento con una superficie a reforestar de 10,4 ha
ubicadas en el polígono 3, parcela 1, recinto 3, localizada a unos 2 km de la zona
inicialmente prevista y donde se dispondrán un total de 4160 pies de Quercus suber, con
una densidad de 400 pies/ha en un marco de plantación de 5 × 5 m. Esta modificación se
justifica por considerarse inadecuado el emplazamiento inicialmente seleccionado para la
reforestación, debido a que supondría la alteración de las características tipo que definen
a las rañas, que conllevaría una pérdida de los hábitat que constituye un soporte
fundamental para la alimentación de las reses cinegéticas allí presentes y de otras
especies como el elanio azul (detectado durante el seguimiento ambiental en dicha
parcela). Además, se considera que podría suponer un incremento en el riesgo de
incendio al generar una continuidad de masa forestal hasta la misma linde del
aeródromo.
B. La suelta y mejora de las poblaciones de anátidas en la finca, dentro de la zona
de campeo de la pareja de águila imperial ibérica se propone sustituir por un incremento
de la superficie del recinto para el reforzamiento de la población de conejos hasta 10,49
ha, de las 4 ha previstas en la DIA, y el reforzamiento de la población de conejos con la
repoblación de 200 conejos de monte con certificado genético en el recinto habilitado.
Además, se incrementará el número de bebederos y comederos previstos que pasarán
de 4 a 8 unidades, y se instalarán 20 majanos de hormigón prefabricado con reducción
antimeloncillo y dos caballones de 20 m de longitud. La justificación de esta modificación
se basa en la imposibilidad del cumplimento de la medida compensatoria, debido a la
resolución denegatoria emitida por la Dirección General de Política Forestal de la Junta
de Extremadura «Resolución de 19 de Julio de 2021 de la Dirección General de Política
Forestal por la que se deniega la Solicitud de Autorización de Introducción,
Reintroducción o Reforzamiento de Especies Cinegéticas en el Coto EX 077-009-P».
En el seno de la tramitación, el 18 de octubre de 2021, se inicia el trámite de
consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en
relación con la modificación propuesta para el proyecto que son:
D.G. de Sostenibilidad. Consejería para la Transición Ecológica. Junta de
Extremadura.
D.G. de Política Forestal. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio. Junta de Extremadura.
Confederación Hidrográfica del Guadiana. Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.
D.G. de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. S.G. de Biodiversidad Terrestre y
Marina. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Servicio Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. D.G. de Sostenibilidad
Consejería para la Transición Ecológica. Junta de Extremadura.
SEO/BIRDLIFE.
En el plazo de treinta días legalmente establecido, se han recibido los informes de la
Confederación Hidrográfica del Guadiana y de la Dirección General de Sostenibilidad de
la Consejería para la Transición Ecológica de la Junta de Extremadura, los cuales
manifiestan su conformidad con las modificaciones planteadas.

cve: BOE-A-2022-252
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 4