III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-203)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia, la Universidad Complutense de Madrid y el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, para la coedición y difusión de la revista "Historia y Política".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Martes 4 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 902
EXPONEN
I.
Fines del CEPC.
El CEPC, que es un Organismo autónomo dependiente del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, contempla entre sus
fines el estudio, la investigación y la edición de publicaciones sobre materias políticas y
constitucionales.
II. Fines de la UNED.
La UNED tiene entre sus fines el apoyo científico y técnico del desarrollo cultural y
social, así como la difusión de la cultura universitaria mediante la organización o
participación en actividades orientadas tanto a la comunidad universitaria como al
público en general.
Por ello, el establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y
desarrollo de sus fines institucionales es una de las funciones que compete propiamente
a la autonomía de las Universidades, en virtud de lo que establece el artículo 2.2.j de la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades. La posibilidad de establecer
convenios con otras entidades públicas está expresamente mencionada asimismo en la
disposición adicional segunda, párrafo 2.
III. Fines de la UCM.
Que la UCM tiene entre sus fines el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural y
social, así como la extensión de la cultura universitaria y la transmisión de todas las
manifestaciones de la cultura. Dentro de los citados fines se encuentran todas aquellas
actividades que persiguen la difusión de la cultura, entendida de la forma más extensa,
mediante la organización o participación en actividades, dirigidas, bien a la comunidad
universitaria, bien a la sociedad en general.
IV.
Antecedentes.
Desde el año 1998 el entonces Departamento de Historia del Pensamiento y de los
Movimientos Sociales y Políticos de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la
UCM, hoy Departamento de Historia, Teorías y Geografía Política, y el Departamento de
Historia Social y del Pensamiento Político de la Facultad de Ciencias Políticas y
Sociología de la UNED editan la revista Historia y Política. Ideas, Procesos y
Movimientos Sociales de periodicidad semestral, de cuya cabecera son propietarios
al 50 %. Esta Revista quedó incorporada en 2007 al fondo de publicaciones del CEPC,
quien participa en su edición y difusión desde entonces, así como en la designación de
los miembros de su Consejo de redacción, en virtud de los sucesivos convenios suscritos
entre las tres entidades.
El R.D. 1269/1997 de 24 de julio, por el que se regula la organización y
funcionamiento del CEPC, establece que dicho organismo tiene entre sus funciones el
fomento del análisis de la realidad jurídica y sociopolítica nacional e internacional,
prestando especial atención a todas las cuestiones relativas al derecho español y a las
instituciones de los países Iberoamericanos, así como a las relaciones de aquellos con
Europa. A tal efecto el CEPC tiene la capacidad jurídica para establecer convenios con
otras entidades.
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, impulsa el
establecimiento de los cauces necesarios para fortalecer las relaciones y vinculaciones
recíprocas entre Universidad y sociedad.
cve: BOE-A-2022-203
Verificable en https://www.boe.es
V. Normativa aplicable.
Núm. 3
Martes 4 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 902
EXPONEN
I.
Fines del CEPC.
El CEPC, que es un Organismo autónomo dependiente del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, contempla entre sus
fines el estudio, la investigación y la edición de publicaciones sobre materias políticas y
constitucionales.
II. Fines de la UNED.
La UNED tiene entre sus fines el apoyo científico y técnico del desarrollo cultural y
social, así como la difusión de la cultura universitaria mediante la organización o
participación en actividades orientadas tanto a la comunidad universitaria como al
público en general.
Por ello, el establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y
desarrollo de sus fines institucionales es una de las funciones que compete propiamente
a la autonomía de las Universidades, en virtud de lo que establece el artículo 2.2.j de la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades. La posibilidad de establecer
convenios con otras entidades públicas está expresamente mencionada asimismo en la
disposición adicional segunda, párrafo 2.
III. Fines de la UCM.
Que la UCM tiene entre sus fines el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural y
social, así como la extensión de la cultura universitaria y la transmisión de todas las
manifestaciones de la cultura. Dentro de los citados fines se encuentran todas aquellas
actividades que persiguen la difusión de la cultura, entendida de la forma más extensa,
mediante la organización o participación en actividades, dirigidas, bien a la comunidad
universitaria, bien a la sociedad en general.
IV.
Antecedentes.
Desde el año 1998 el entonces Departamento de Historia del Pensamiento y de los
Movimientos Sociales y Políticos de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la
UCM, hoy Departamento de Historia, Teorías y Geografía Política, y el Departamento de
Historia Social y del Pensamiento Político de la Facultad de Ciencias Políticas y
Sociología de la UNED editan la revista Historia y Política. Ideas, Procesos y
Movimientos Sociales de periodicidad semestral, de cuya cabecera son propietarios
al 50 %. Esta Revista quedó incorporada en 2007 al fondo de publicaciones del CEPC,
quien participa en su edición y difusión desde entonces, así como en la designación de
los miembros de su Consejo de redacción, en virtud de los sucesivos convenios suscritos
entre las tres entidades.
El R.D. 1269/1997 de 24 de julio, por el que se regula la organización y
funcionamiento del CEPC, establece que dicho organismo tiene entre sus funciones el
fomento del análisis de la realidad jurídica y sociopolítica nacional e internacional,
prestando especial atención a todas las cuestiones relativas al derecho español y a las
instituciones de los países Iberoamericanos, así como a las relaciones de aquellos con
Europa. A tal efecto el CEPC tiene la capacidad jurídica para establecer convenios con
otras entidades.
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, impulsa el
establecimiento de los cauces necesarios para fortalecer las relaciones y vinculaciones
recíprocas entre Universidad y sociedad.
cve: BOE-A-2022-203
Verificable en https://www.boe.es
V. Normativa aplicable.