III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-216)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, para el acceso a la base de datos del registro de matrículas de aeronaves.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Martes 4 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 997

persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad el ejercicio de las funciones a las
que se refiere el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en particular, la
dirección, coordinación y supervisión de los órganos directivos dependientes de la
Secretaría de Estado, bajo la inmediata autoridad de la persona titular del Ministerio, y el
ejercicio del mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y la coordinación
y supervisión de los servicios y misiones que les corresponden.
De acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, la Dirección General
de la Policía es el órgano del Ministerio encargado de la ordenación, dirección,
coordinación y ejecución de las misiones que a la Policía Nacional encomienden las
disposiciones vigentes, de acuerdo con las directrices y órdenes emanadas de la
persona titular del Departamento. Corresponde a la persona titular de la Dirección
General, bajo la dependencia de la persona titular de la Secretaría de Estado de
Seguridad, el mando directo de la Policía Nacional.
Por otra parte, la posición privilegiada de España posibilita que su territorio sea
utilizado como plataforma de actividades aéreas o de tránsito por organizaciones
delictivas que hacen uso de aeronaves como medio para desarrollar las actividades
criminales. Por ello, poder disponer de la información incluida en la base de datos del
Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles es de gran utilidad para localizar e identificar
a las personas, físicas o jurídicas, relacionadas con la actividad de una aeronave
implicada en algún tipo de acción de interés de la Dirección General de la Policía.
Segundo.
AESA, adscrita al Ministerio de Transporte Movilidad y Agenda Urbana a través de la
Secretaría General de Transportes y Movilidad, ejerce, entre otras, las competencias de
gestión del Registro de Matrícula de Aeronaves, según lo dispuesto en el artículo 9 del
Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto que regula su
funcionamiento.
Corresponde a AESA llevar el Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles, de
carácter administrativo, creado por el artículo 28 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, de
Navegación Aérea y regulado actualmente por el Real Decreto 384/2015 de 22 de mayo
por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles. Este
Registro está afectado también por el Real Decreto 2876/1982 de 15 octubre, por el que
se regula el registro y uso de aeronaves de estructura ultraligera, así como por la Orden
del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones de 31 de mayo de 1982 por la
que se aprueba un nuevo Reglamento para la construcción y utilización de las aeronaves
por aficionados.
Las funciones del Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles consisten en la
asignación de las marcas de nacionalidad y matrícula de las aeronaves, así como las
inscripciones de matriculación, anotaciones de los cambios de titularidad que se
produzcan y las cancelaciones de estas. Su ámbito se extiende a todo el territorio
nacional y su sede está ubicada en la de AESA, en Madrid.

Que la información incluida en el Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles, en
especial los datos relativos a sus propietarios y operadores (nombres, direcciones y
teléfonos) y los datos técnicos de la propia aeronave (clase, marca, tipo-modelo y
número de serie), son considerados de gran interés para la Dirección General de la
Policía, para el contacto y rápida localización del propietario o del operador de la
aeronave.
Que, en aras al adecuado cumplimiento de las antedichas competencias, ambas
partes consideran necesario que la Dirección General de la Policía pueda acceder a la
mencionada Base de Datos del Registro de Aeronaves titularidad y competencia
de AESA, al objeto de conocer determinada información de las aeronaves y de sus

cve: BOE-A-2022-216
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.