III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-220)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría de monumento, a favor de "La Farola", faro marítimo del puerto de la ciudad de Málaga.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Martes 4 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1014
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Bellas
Artes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés
cultural, en la categoría de monumento, a favor de «La Farola», faro marítimo
del puerto de la ciudad de Málaga.
El faro marítimo conocido como «La Farola» se encuentra ubicado en el puerto de la
ciudad de Málaga, en el Paseo de la Farola, n.º 19, 29016. Su titularidad pertenece a la
Autoridad Portuaria de Málaga, dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana.
La ciudad de Málaga presenta una superposición muy amplia de huellas del paso de
civilizaciones a lo largo de los siglos, tanto de Oriente como de Occidente, en un
reducido espacio urbano. El mar, y especialmente el puerto, han jugado un papel
importante en la ciudad. «La Farola» se levantó en 1817. La torre, de planta circular y
diseñada por el brigadier de la armada, Ingeniero Naval y Director del Puerto, Joaquín
M.ª Pery y Guzmán, tenía como único objetivo en aquel momento el de sustentar la
linterna, acogiendo distintos aparatos ópticos prueba del ingenio y la tecnología de la
época. Pronto fue menester que el personal adscrito al servicio viviera allí, lo que añadió
a la torre en 1853 una base cuadrada que albergaba las viviendas, y que fue ampliada
entre 1909 y 1913 con una segunda planta. Desde entonces, el faro ha sido testigo del
desarrollo del puerto y de la ciudad de Málaga. Actualmente, integrado en pleno casco
urbano, la denominada «Farola» es uno de los símbolos más significativos de la ciudad,
dando su nombre al Paseo en el que se ubica.
La Dirección General de Bellas Artes, consciente de su importancia, ha iniciado las
acciones oportunas para llevar a cabo su protección legal, aumentar el conocimiento del
bien y tomar las medidas adecuadas para su correcta conservación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del
Patrimonio Histórico Español, el Ministerio de Cultura y Deporte ha recabado informes a
la Real Academia de la Historia y a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando
para la incoación como Bien de Interés Cultural de «la Farola».
El informe de la Real Academia de la Historia señala que el carácter emblemático de
su función y arquitectura en el marco urbano de Málaga, al menos desde hace 200 años,
justifica a todas luces su reconocimiento como Bien de Interés Cultural.
El informe de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando destaca el alto
valor del monumento dentro de la historia de los faros españoles, no solo por su
antigüedad y por haber sido proyectado por el brigadier Pery y Guzmán, sino por
pertenecer históricamente al corto número de faros de reverbero existentes en España
con luz giratoria en 1847. Concluye que considera idónea la incoación de expediente de
declaración como Bien de Interés Cultural del faro.
Por lo tanto, vistos los informes y los antecedentes reunidos en el expediente, queda
de manifiesto que «la Farola» de Málaga constituye un bien integrante del patrimonio
histórico español, de interés histórico, artístico y técnico (artículo 1.2 de la Ley 16/1985,
de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español), valores culturales suficientes para su
declaración como Bien de Interés Cultural.
En virtud del artículo 6 b) de la vigente Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio
Histórico Español, los organismos de la Administración del Estado serán los
competentes respecto de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español
adscritos a servicios públicos gestionados por la Administración del Estado o que formen
parte del Patrimonio Nacional.
cve: BOE-A-2022-220
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 3
Martes 4 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1014
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Bellas
Artes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés
cultural, en la categoría de monumento, a favor de «La Farola», faro marítimo
del puerto de la ciudad de Málaga.
El faro marítimo conocido como «La Farola» se encuentra ubicado en el puerto de la
ciudad de Málaga, en el Paseo de la Farola, n.º 19, 29016. Su titularidad pertenece a la
Autoridad Portuaria de Málaga, dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana.
La ciudad de Málaga presenta una superposición muy amplia de huellas del paso de
civilizaciones a lo largo de los siglos, tanto de Oriente como de Occidente, en un
reducido espacio urbano. El mar, y especialmente el puerto, han jugado un papel
importante en la ciudad. «La Farola» se levantó en 1817. La torre, de planta circular y
diseñada por el brigadier de la armada, Ingeniero Naval y Director del Puerto, Joaquín
M.ª Pery y Guzmán, tenía como único objetivo en aquel momento el de sustentar la
linterna, acogiendo distintos aparatos ópticos prueba del ingenio y la tecnología de la
época. Pronto fue menester que el personal adscrito al servicio viviera allí, lo que añadió
a la torre en 1853 una base cuadrada que albergaba las viviendas, y que fue ampliada
entre 1909 y 1913 con una segunda planta. Desde entonces, el faro ha sido testigo del
desarrollo del puerto y de la ciudad de Málaga. Actualmente, integrado en pleno casco
urbano, la denominada «Farola» es uno de los símbolos más significativos de la ciudad,
dando su nombre al Paseo en el que se ubica.
La Dirección General de Bellas Artes, consciente de su importancia, ha iniciado las
acciones oportunas para llevar a cabo su protección legal, aumentar el conocimiento del
bien y tomar las medidas adecuadas para su correcta conservación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del
Patrimonio Histórico Español, el Ministerio de Cultura y Deporte ha recabado informes a
la Real Academia de la Historia y a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando
para la incoación como Bien de Interés Cultural de «la Farola».
El informe de la Real Academia de la Historia señala que el carácter emblemático de
su función y arquitectura en el marco urbano de Málaga, al menos desde hace 200 años,
justifica a todas luces su reconocimiento como Bien de Interés Cultural.
El informe de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando destaca el alto
valor del monumento dentro de la historia de los faros españoles, no solo por su
antigüedad y por haber sido proyectado por el brigadier Pery y Guzmán, sino por
pertenecer históricamente al corto número de faros de reverbero existentes en España
con luz giratoria en 1847. Concluye que considera idónea la incoación de expediente de
declaración como Bien de Interés Cultural del faro.
Por lo tanto, vistos los informes y los antecedentes reunidos en el expediente, queda
de manifiesto que «la Farola» de Málaga constituye un bien integrante del patrimonio
histórico español, de interés histórico, artístico y técnico (artículo 1.2 de la Ley 16/1985,
de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español), valores culturales suficientes para su
declaración como Bien de Interés Cultural.
En virtud del artículo 6 b) de la vigente Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio
Histórico Español, los organismos de la Administración del Estado serán los
competentes respecto de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español
adscritos a servicios públicos gestionados por la Administración del Estado o que formen
parte del Patrimonio Nacional.
cve: BOE-A-2022-220
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