III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2022-122)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para impartir enseñanzas de formación profesional en los centros docentes militares de formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Lunes 3 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 601

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para
obligarse y convenir y
EXPONEN
Primero.
Que el 7 de octubre de 2019, se suscribió el Convenio entre el Ministerio de Defensa,
el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad de la Región
de Murcia para impartir las enseñanzas de Formación Profesional en los Centros
Docentes Militares de Formación.
Segundo.
Que la cláusula séptima del citado Convenio establece la creación de una comisión
de seguimiento, entre cuyas funciones se encuentran las de aprobar las actividades
docentes a realizar, así como proponer para cada curso escolar las titulaciones a
impartir, el número de profesores y el importe a abonar por el Ministerio de Defensa.
Tercero.
Que según establece la cláusula segunda del Convenio, le corresponde al Ministerio
de Defensa transferir a la administración educativa de la Comunidad de la Región
de Murcia el importe correspondiente al coste del personal docente que preste servicios
en los centros docentes militares de formación.
Cuarto.
Que según establece la cláusula sexta del Convenio, para el curso
escolar 2019-2020 y posteriores, antes del inicio de cada curso escolar las partes
acordarán en el seno de la Comisión de seguimiento las titulaciones a impartir y el
personal docente necesario para cada periodo de formación.
Igualmente, la determinación de la cuantía máxima a transferir para la liquidación de
las obligaciones económicas se acordará cada año en la Comisión de seguimiento de
conformidad con las titulaciones impartidas, y el número de personal docente y alumnos
que participan, teniendo en cuenta a estos efectos el régimen retributivo aplicable en ese
momento en cumplimiento de la Ley de Presupuestos vigente, y se concretará mediante
la correspondiente Adenda, firmada por las autoridades firmantes de este Convenio o
autoridades en quien deleguen.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda que se regirá por
las siguientes.
CLÁUSULAS

El objeto de esta Adenda es determinar para el curso escolar 2021-2022, las
titulaciones de formación profesional a impartir en la Escuela de Infantería de Marina
«General Albacete y Fuster» (EIMGAF), el número de profesores necesarios para
impartir dichas titulaciones y la forma en que el Ministerio de Defensa hará frente a los
gastos ocasionados a la Comunidad de la Región de Murcia.
Segunda.

Titulaciones a impartir.

En el anexo I que se adjunta a la presente Adenda se determinan las titulaciones a
impartir durante el periodo cubierto por esta Adenda.

cve: BOE-A-2022-122
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto de la Adenda.