III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Escuelas de conductores. Profesorado. (BOE-A-2022-104)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tráfico, por la que se convoca prueba selectiva para obtener el Certificado de Aptitud de Director de Escuelas de Conductores.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 3 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 468

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo
sólo una de ellas correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja
de examen la respuesta que estimen válida de entre aquellas que se les propongan.
El tiempo para realizar la prueba será de 40 minutos.
Procederá la interrupción y declaración de no apto en la prueba de los aspirantes que
perturben el orden durante la misma o cometan o intenten cometer fraude en su
realización, cualquiera que sea su forma o procedimiento.
Los participantes deberán comparecer a la prueba provistos del Documento Nacional
de Identidad o del Pasaporte, los españoles, y de la Tarjeta de Residencia o de Identidad
en vigor, o en su defecto, del Pasaporte, los extranjeros. La presentación de estos
documentos podrá ser exigida por el Tribunal durante el desarrollo de la prueba y la no
presentación de los mismos llevará aparejada la no admisión a su realización y la
exclusión del proceso.
6.

Programa

El programa sobre el que versará la prueba es el siguiente:
– Normativa que regula las Escuelas Particulares de Conductores.
– Tramitación administrativa de conductores y vehículos.
– Conocimientos generales de organización y gestión de empresas y su aplicación a
las Escuelas Particulares de Conductores.
– Psicología de las organizaciones.
El programa concreto con el temario sobre el que versará dicha prueba se hará
constar, mediante nota informativa del Tribunal Calificador con antelación suficiente.
7.

Calificación de la prueba

La prueba será calificada de apto o no apto.
Para superar la prueba será necesario contestar correctamente, al menos, el 85% de
las preguntas.
No obstante, cuando al aplicar dicho tanto por ciento el resultado fuera decimal, el
número de preguntas requerido para superar la prueba se redondeará al número entero
más próximo. Si, como resultado de este cálculo, el resultado igualara las cinco décimas
se aplicará el entero inmediato inferior.
La superación de esta prueba servirá de base para la obtención y expedición del
certificado de aptitud de Director de Escuelas de Conductores, de conformidad con lo
establecido en el artículo 47 del Real Decreto 1295/2003, por el que se aprueba el
Reglamento regulador de las Escuelas Particulares de Conductores.
Calificada la prueba, se publicará la lista provisional de aspirantes declarados Aptos.
Dicha relación será elevada a definitiva una vez examinadas las alegaciones que, en su
caso, se presenten.
Quienes resulten aptos y aparezcan como tales en la lista definitiva de resultados de
la prueba deberán abonar la tasa que corresponda por la expedición del Certificado de
Aptitud de Director de Escuelas de Conductores.
8. Información
Toda información relativa al desarrollo de la prueba que figura en la presente
convocatoria se hará constar y dará a conocer a través de los tablones informativos de
las Jefaturas Provinciales y Oficinas Locales de Tráfico correspondientes y en la
dirección de Internet www.dgt.es.
Con la exposición de la información por los medios mencionados en el párrafo
anterior, se considerará efectuada la notificación oportuna a las personas interesadas.

cve: BOE-A-2022-104
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 2