III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Escuelas de conductores. Profesorado. (BOE-A-2022-104)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tráfico, por la que se convoca prueba selectiva para obtener el Certificado de Aptitud de Director de Escuelas de Conductores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Lunes 3 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 467

En ese momento, el gestor de la oficina de Tráfico, entregará la tasa correspondiente
pagada en la Entidad Financiera, para adjuntarse al Anexo I de solicitud del trámite. El
«Ejemplar para el interesado» sirve de justificante de pago realizado ante dicha Entidad.
Cada modelo de autoliquidación 791 dispone de un mismo número de justificante
que se repite en los tres ejemplares. Se ha de acceder y descargar los tres ejemplares
del formulario cuando se desee realizar un pago, ya que dichos números de justificante
son únicos, por lo que no se pueden utilizar fotocopias.
Únicamente procederá la devolución de la tasa por derechos de examen exigida
cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo; por
tanto, no procederá devolución alguna en los supuestos de exclusión del proceso
selectivo por causa imputable al interesado. La exclusión por no cumplir los requisitos o
no aportar los documentos exigidos en la convocatoria, no dará lugar a la devolución de
la tasa.
La solicitud, junto con el resto de la documentación, se dirigirá a la Secretaría del
Tribunal para la obtención del Certificado de aptitud de Director de Escuelas de
Conductores, en la dirección que se indica en la base 10 y podrá presentarse a través de
las Jefaturas Provinciales y Oficinas Locales de Tráfico o en cualquiera de las formas
establecidas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La falta de abono de la tasa dentro del plazo de presentación de las solicitudes
supondrá la exclusión del procedimiento por incumplimiento del requisito establecido en
esta misma base. No obstante lo anterior, el error en la tasa aplicada dará lugar a
requerimiento al aspirante, a fin de que en el plazo de diez días proceda a subsanarlo.
En ningún caso la presentación y pago de la tasa por derechos de examen podrá
sustituir el trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud, de acuerdo a lo
establecido en esta misma base.
4.

Admisión de aspirantes a la prueba

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Tribunal
calificador dictará resolución aprobando la relación provisional de aspirantes admitidos y
excluidos a la prueba.
Las reclamaciones contra esta lista provisional habrán de presentarse dentro del
plazo que se indique en dicha resolución.
Si, dentro del plazo fijado para la presentación de solicitudes, no se presentara la
documentación requerida o, del examen de la misma y de los antecedentes obrantes en
esta Dirección General, resultara que el aspirante carece de alguno de los requisitos
exigidos en la presente Resolución, y una vez examinadas las alegaciones que en su
caso se presenten, se dictará la resolución que proceda, con posible exclusión de la
presente convocatoria, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido
por falsedad en la solicitud de admisión.
Una vez examinadas por el Tribunal calificador las alegaciones que, en su caso, se
presenten, por Resolución de su Presidente se harán públicas las relaciones definitivas
de aspirantes admitidos y excluidos y, junto con ellas, se señalará el lugar, la fecha y la
hora en que se celebrará la prueba.
Desarrollo de la prueba

La prueba se realizará en la provincia que haya indicado el solicitante, en los locales
que determine el Tribunal calificador.
Los participantes serán convocados en un único día, siendo excluidos de la prueba
quienes no comparezcan, sea cual fuere la causa que pudiera alegarse al respecto.
La prueba consistirá en contestar por escrito, en impreso facilitado al efecto, a un
cuestionario de 40 preguntas conforme al programa detallado en la base 6 de esta
convocatoria.

cve: BOE-A-2022-104
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5.