II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-72)
Orden JUS/1507/2021, de 21 de diciembre, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 389
Tercera.
No podrán tomar parte en el concurso:
a) Quienes se hallaren declaradas/os suspensos en firme, mientras dure la
suspensión.
b) Quienes se encontraren en situación de excedencia voluntaria por interés
particular, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación.
c) Quienes se encontraren sancionadas/os con traslado forzoso fuera del municipio
de destino hasta que transcurran los plazos de uno o tres años a los que se refiere el
artículo 538 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Cuarta.
Las letradas y los letrados de la Administración de Justicia que participen en el
presente concurso de traslado, cumplimentarán su solicitud, con carácter obligatorio, por
medios telemáticos a través del asistente de inscripción, al que podrán acceder desde el
Área privada de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia, accesible a
través del Punto de Acceso General de la Administración de Justicia
www.administraciondejusticia.gob.es, (Área Privada - Escritorio de trabajo - Aplicación
AINO@), cumplimentando todos los apartados que se le exijan.
Sólo se podrán presentar las solicitudes por otros medios cuándo existan motivos
justificados y previa autorización de la Subdirección General para la Innovación y Calidad
de la Oficina Judicial y Fiscal, autorización que se solicitará al correo electrónico:
letradosaj@mjusticia.es. Esta modalidad de solicitud podrá presentarse en la forma
prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si dichas solicitudes se
presentaran a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser
fechadas y selladas por la/el funcionaria/o correspondiente antes de ser certificadas e
irán dirigidas al Área de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia de la
Subdirección General para la Innovación y Calidad de la Oficina Judicial y Fiscal (C/ San
Bernardo, n.º 19, 4.ª planta, despacho 409. 28071 Madrid). Una vez presentadas las
solicitudes por otros medios, se adelantarán en formato electrónico a la dirección
letradosaj@mjusticia.es.
El plazo de presentación de instancias será de diez días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación en el BOE.
Para modificar la solicitud ya confirmada, dentro del plazo de presentación de
solicitudes será posible volver a generar y confirmar una nueva solicitud, considerándose
válida la última solicitud presentada a través el asistente de inscripción.
Si quisieran renunciar a la instancia ya confirmada y no participar en el concurso,
deberán enviar dicha renuncia al correo electrónico letradosaj@mjusticia.es dentro del
plazo de presentación de instancias.
Serán rechazadas las solicitudes que no se presenten siguiendo las instrucciones
recogidas en la presente Orden.
En el supuesto de estar interesadas/os en los puestos de trabajo que se anuncian
para un mismo partido judicial o provincia dos letradas/os de la Administración de
Justicia que reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar sus peticiones al hecho
de que ambas/os obtengan destino en este concurso en el mismo municipio, partido
judicial o provincia, entendiéndose, en caso contrario, desistidas las peticiones
condicionadas efectuadas por ambas/os. Quienes se acojan a esta petición condicionada
deberán concretarlo en su instancia en el apartado C; especificando el nombre y
apellidos y NIF de la persona con quien condiciona su petición.
cve: BOE-A-2022-72
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 389
Tercera.
No podrán tomar parte en el concurso:
a) Quienes se hallaren declaradas/os suspensos en firme, mientras dure la
suspensión.
b) Quienes se encontraren en situación de excedencia voluntaria por interés
particular, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación.
c) Quienes se encontraren sancionadas/os con traslado forzoso fuera del municipio
de destino hasta que transcurran los plazos de uno o tres años a los que se refiere el
artículo 538 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Cuarta.
Las letradas y los letrados de la Administración de Justicia que participen en el
presente concurso de traslado, cumplimentarán su solicitud, con carácter obligatorio, por
medios telemáticos a través del asistente de inscripción, al que podrán acceder desde el
Área privada de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia, accesible a
través del Punto de Acceso General de la Administración de Justicia
www.administraciondejusticia.gob.es, (Área Privada - Escritorio de trabajo - Aplicación
AINO@), cumplimentando todos los apartados que se le exijan.
Sólo se podrán presentar las solicitudes por otros medios cuándo existan motivos
justificados y previa autorización de la Subdirección General para la Innovación y Calidad
de la Oficina Judicial y Fiscal, autorización que se solicitará al correo electrónico:
letradosaj@mjusticia.es. Esta modalidad de solicitud podrá presentarse en la forma
prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si dichas solicitudes se
presentaran a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser
fechadas y selladas por la/el funcionaria/o correspondiente antes de ser certificadas e
irán dirigidas al Área de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia de la
Subdirección General para la Innovación y Calidad de la Oficina Judicial y Fiscal (C/ San
Bernardo, n.º 19, 4.ª planta, despacho 409. 28071 Madrid). Una vez presentadas las
solicitudes por otros medios, se adelantarán en formato electrónico a la dirección
letradosaj@mjusticia.es.
El plazo de presentación de instancias será de diez días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación en el BOE.
Para modificar la solicitud ya confirmada, dentro del plazo de presentación de
solicitudes será posible volver a generar y confirmar una nueva solicitud, considerándose
válida la última solicitud presentada a través el asistente de inscripción.
Si quisieran renunciar a la instancia ya confirmada y no participar en el concurso,
deberán enviar dicha renuncia al correo electrónico letradosaj@mjusticia.es dentro del
plazo de presentación de instancias.
Serán rechazadas las solicitudes que no se presenten siguiendo las instrucciones
recogidas en la presente Orden.
En el supuesto de estar interesadas/os en los puestos de trabajo que se anuncian
para un mismo partido judicial o provincia dos letradas/os de la Administración de
Justicia que reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar sus peticiones al hecho
de que ambas/os obtengan destino en este concurso en el mismo municipio, partido
judicial o provincia, entendiéndose, en caso contrario, desistidas las peticiones
condicionadas efectuadas por ambas/os. Quienes se acojan a esta petición condicionada
deberán concretarlo en su instancia en el apartado C; especificando el nombre y
apellidos y NIF de la persona con quien condiciona su petición.
cve: BOE-A-2022-72
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.