III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Actividad investigadora. Evaluación. (BOE-A-2022-59)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 298
investigación de la Administración General del Estado y se crea la Comisión Evaluadora
del Desempeño de la Actividad Científico-Tecnológica.
Las bases específicas de esta convocatoria se incluyen en el anexo de esta
resolución.
Segundo.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso de alzada ante el Ministro de Universidades en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de diciembre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de diciembre 2021.–El Secretario General de Universidades, José Manuel
Pingarrón Carrazón.
ANEXO
Bases específicas
1.
Objeto de la convocatoria
El propósito de esta convocatoria es reconocer los méritos en la actividad
investigadora desarrollada por el profesorado universitario y por el personal investigador
de los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado que
cumpla con los requisitos indicados en los apartados 3 y 4 del presente anexo, e
incentivar su ejercicio y su calidad.
2.
Normativa aplicable
a) La disposición final vigésima sexta de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
b) La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
c) El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado
universitario.
d) El Real Decreto 310/2019, de 26 de abril, por el que se regula el régimen
retributivo del personal investigador funcionario de las escalas científicas de los
organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y se crea
la Comisión Evaluadora del Desempeño de la Actividad Científico-Tecnológica.
e) La Orden de 2 de diciembre de 1994, por la que se establece el procedimiento
para la evaluación de la actividad investigadora en desarrollo del Real
Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario
(BOE núm. 289, de 3 de diciembre de 1994).
f) La Orden CNU/1181/2019, de 3 de diciembre, por la que por la que se establecen
las bases comunes para la evaluación de la actividad investigadora del personal
investigador funcionario de las escalas científicas de los organismos públicos de
investigación de la Administración General del Estado.
cve: BOE-A-2022-59
Verificable en https://www.boe.es
La presente convocatoria se regirá por las bases específicas contenidas en el anexo
y por lo dispuesto en:
Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 298
investigación de la Administración General del Estado y se crea la Comisión Evaluadora
del Desempeño de la Actividad Científico-Tecnológica.
Las bases específicas de esta convocatoria se incluyen en el anexo de esta
resolución.
Segundo.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso de alzada ante el Ministro de Universidades en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de diciembre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de diciembre 2021.–El Secretario General de Universidades, José Manuel
Pingarrón Carrazón.
ANEXO
Bases específicas
1.
Objeto de la convocatoria
El propósito de esta convocatoria es reconocer los méritos en la actividad
investigadora desarrollada por el profesorado universitario y por el personal investigador
de los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado que
cumpla con los requisitos indicados en los apartados 3 y 4 del presente anexo, e
incentivar su ejercicio y su calidad.
2.
Normativa aplicable
a) La disposición final vigésima sexta de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
b) La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
c) El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado
universitario.
d) El Real Decreto 310/2019, de 26 de abril, por el que se regula el régimen
retributivo del personal investigador funcionario de las escalas científicas de los
organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y se crea
la Comisión Evaluadora del Desempeño de la Actividad Científico-Tecnológica.
e) La Orden de 2 de diciembre de 1994, por la que se establece el procedimiento
para la evaluación de la actividad investigadora en desarrollo del Real
Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario
(BOE núm. 289, de 3 de diciembre de 1994).
f) La Orden CNU/1181/2019, de 3 de diciembre, por la que por la que se establecen
las bases comunes para la evaluación de la actividad investigadora del personal
investigador funcionario de las escalas científicas de los organismos públicos de
investigación de la Administración General del Estado.
cve: BOE-A-2022-59
Verificable en https://www.boe.es
La presente convocatoria se regirá por las bases específicas contenidas en el anexo
y por lo dispuesto en: