I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Títulos académicos. (BOE-A-2022-2)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2021, por el que se determina el nivel de correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Superior de Vidrio.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 1 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 82
Cualificaciones. El nivel 1 (Técnico Superior) del Marco Español de Cualificaciones para
la Educación Superior se corresponde con el nivel 5 del Marco Europeo de
Cualificaciones; el nivel 2 (Grado) del Marco Español de Cualificaciones para la
Educación Superior se corresponde con el nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones;
el nivel 3 (Máster) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se
corresponde con el nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones; y, por último, el nivel 4
(Doctor) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se
corresponde con el nivel 8 del Marco Europeo de Cualificaciones.
Por su parte, el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, establece los requisitos
y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a
nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de
educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles
del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de
Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado. El
artículo 2.3.g) de este real decreto establece que se determinará la correspondencia
entre los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los
títulos de enseñanza superior que a la entrada en vigor de este real decreto hubiesen
sido declarados equivalentes a los títulos anteriormente mencionados, pertenecientes a
la ordenación universitaria anterior a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades.
De conformidad con lo anterior, es objeto del presente Acuerdo la determinación de
la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones de Educación Superior
del Título Superior de Vidrio, perteneciente a las Enseñanzas Artísticas Superiores, y
correspondiente a la ordenación educativa derivada de la derogada Ley
Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y que
por el Real Decreto 1090/2000, de 9 de junio, se establecieron los estudios superiores
del Vidrio, el título correspondiente, la prueba de acceso y los aspectos básicos del
currículo. Dicho título fue declarado equivalente al título de Diplomado Universitario por
estas normas.
Hechos
1. Mediante resolución de fecha 13 de diciembre de 2019, la Secretaría General de
Universidades acordó, de oficio y a petición de la Dirección General de Evaluación y
Cooperación Territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional, el inicio del
procedimiento administrativo para la determinación de la correspondencia al nivel del
Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Superior de
Vidrio perteneciente a las Enseñanzas Artísticas Superiores y regulado por la Ley
Orgánica 1/1990, de 3 de Octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y el
Real Decreto 1090/2000, de 9 de junio, por el que se establecen los estudios superiores
del Vidrio, el título correspondiente, la prueba de acceso y los aspectos básicos del
currículo.
2. El 3 de septiembre de 2020, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y
Acreditación evacuó el informe para la determinación de la correspondencia del Título
Superior de Vidrio. En este informe se indica que dicho título superior se corresponde
con el nivel 2 (Grado) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
3. El 12 de noviembre de 2020, el Consejo de Universidades evaluó e informó
favorablemente la correspondencia a nivel 2 (Grado) del Marco Español de
Cualificaciones para la Educación Superior del Título Superior de Vidrio.
4. El 12 de enero de 2021, la Secretaría General de Universidades acordó abrir el
trámite de información pública de este procedimiento administrativo.
5. El 29 de enero de 2021, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la apertura
del trámite de información pública, venciendo su plazo el 25 de febrero de 2021.
cve: BOE-A-2022-2
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 82
Cualificaciones. El nivel 1 (Técnico Superior) del Marco Español de Cualificaciones para
la Educación Superior se corresponde con el nivel 5 del Marco Europeo de
Cualificaciones; el nivel 2 (Grado) del Marco Español de Cualificaciones para la
Educación Superior se corresponde con el nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones;
el nivel 3 (Máster) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se
corresponde con el nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones; y, por último, el nivel 4
(Doctor) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se
corresponde con el nivel 8 del Marco Europeo de Cualificaciones.
Por su parte, el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, establece los requisitos
y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a
nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de
educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles
del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de
Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado. El
artículo 2.3.g) de este real decreto establece que se determinará la correspondencia
entre los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los
títulos de enseñanza superior que a la entrada en vigor de este real decreto hubiesen
sido declarados equivalentes a los títulos anteriormente mencionados, pertenecientes a
la ordenación universitaria anterior a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades.
De conformidad con lo anterior, es objeto del presente Acuerdo la determinación de
la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones de Educación Superior
del Título Superior de Vidrio, perteneciente a las Enseñanzas Artísticas Superiores, y
correspondiente a la ordenación educativa derivada de la derogada Ley
Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y que
por el Real Decreto 1090/2000, de 9 de junio, se establecieron los estudios superiores
del Vidrio, el título correspondiente, la prueba de acceso y los aspectos básicos del
currículo. Dicho título fue declarado equivalente al título de Diplomado Universitario por
estas normas.
Hechos
1. Mediante resolución de fecha 13 de diciembre de 2019, la Secretaría General de
Universidades acordó, de oficio y a petición de la Dirección General de Evaluación y
Cooperación Territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional, el inicio del
procedimiento administrativo para la determinación de la correspondencia al nivel del
Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Superior de
Vidrio perteneciente a las Enseñanzas Artísticas Superiores y regulado por la Ley
Orgánica 1/1990, de 3 de Octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y el
Real Decreto 1090/2000, de 9 de junio, por el que se establecen los estudios superiores
del Vidrio, el título correspondiente, la prueba de acceso y los aspectos básicos del
currículo.
2. El 3 de septiembre de 2020, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y
Acreditación evacuó el informe para la determinación de la correspondencia del Título
Superior de Vidrio. En este informe se indica que dicho título superior se corresponde
con el nivel 2 (Grado) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
3. El 12 de noviembre de 2020, el Consejo de Universidades evaluó e informó
favorablemente la correspondencia a nivel 2 (Grado) del Marco Español de
Cualificaciones para la Educación Superior del Título Superior de Vidrio.
4. El 12 de enero de 2021, la Secretaría General de Universidades acordó abrir el
trámite de información pública de este procedimiento administrativo.
5. El 29 de enero de 2021, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la apertura
del trámite de información pública, venciendo su plazo el 25 de febrero de 2021.
cve: BOE-A-2022-2
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 1