III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-60)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos y la Conferencia Nacional de Decanos de Facultades de Medicina Españolas, para la evaluación, acreditación y aseguramiento de la calidad de la educación superior de los títulos universitarios oficiales en el ámbito de la medicina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Sábado 1 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 306

Todas las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y

I. Que CNDFME, asociación sin ánimo de lucro, y CGCOM, corporación de
Derecho Público, ambas con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el
cumplimiento de sus fines, tienen entre sus fines estatutarios la defensa y promoción de
la Medicina como profesión, a través de cuantas actividades puedan contribuir a su
mejora y avance, promoviendo el desarrollo científico, técnico, socio-sanitario y cultural
de la Medicina, así como el estudio, reflexión y análisis de la educación médica.
II. Que ANECA, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Universidades, de
conformidad con el Real Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Universidades, tiene como finalidades
primordiales contribuir, mediante informes de evaluación y otros conducentes a la
certificación y acreditación, a la garantía de la calidad de las universidades españolas y a
su integración en el Espacio Europeo de Educación Superior.
III. Que ANECA, CGCOM y CNDFME tienen objetivos comunes en el campo de la
evaluación y acreditación de la calidad de la educación superior, y consideran que los
componentes internacionales de calidad deben formar parte de los procesos de mejora
continua del modelo de aseguramiento de la calidad de la educación superior.
IV. Que ANECA cumple con los criterios europeos de calidad –European Standars
and Guidelines (ESG)–, así como con los del Consorcio Europeo de Acreditación, (ECA)
y los Guidelines for Good Practice de INQAAHE y está incluida en el Registro Europeo
de Agencias de Calidad (EQAR). Además, ANECA trabaja activamente con instituciones
de Iberoamérica en materia de Educación Superior desde su creación, con el objetivo de
promover entre los países iberoamericanos la cooperación y el intercambio en materia
de evaluación y acreditación y contribuir así a la garantía de la calidad de la educación
superior de estos países.
V. Que ANECA, en el marco de su programa de Sellos Internacionales de Calidad,
tiene como objetivo extender las acreditaciones internacionales que viene otorgando a
títulos universitarios oficiales en el ámbito de la ingeniería, de la informática y de la
química, a otros ámbitos, como el de la Medicina. La acreditación internacional en este
ámbito está siendo muy demandada por las universidades españolas, desde que se
anunció que los médicos/as que soliciten la certificación Educational Commission for
Foreign Medical Graduates (ECFMG) para poder ejercer su profesión en EEUU, deben
haberse graduado a partir del 2023 en una Escuela de Medicina acreditada por una
agencia de acreditación reconocida por la Federación Mundial de Educación Médica, la
World Federation for Medical Education (en adelante WFME). ANECA solicitó
oficialmente someterse a evaluación por parte de la WFME a finales del 2020 para ser
reconocida como agencia autorizada y tiene previsto finalizar este proceso de
autorización en 2022.
VI. Que ANECA, CGCOM y CNDFME consideran y reconocen la importancia de
promover un marco de colaboración conjunta, para contribuir a la internacionalización de
la Educación Superior de España y establecer el desarrollo de una iniciativa común para
la evaluación de las enseñanzas del ámbito de la Medicina, y por todo lo anterior, todas
las partes convienen en formalizar el presente convenio, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es la colaboración entre ANECA, CGCOM y
CNDFME para la evaluación, acreditación y aseguramiento de la calidad de la educación

cve: BOE-A-2022-60
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