III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2021-21949)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de La Rioja el 28 de julio de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Viernes 31 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 168058
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
21949
Resolución de 17 de diciembre de 2021, del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de
16 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la terminación del
procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del
Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de La Rioja
el 28 de julio de 2021.
El Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de noviembre de 2021, ha
aprobado, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Acuerdo por
el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades
por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma
de La Rioja, el 28 de julio de 2021.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se dispone la
publicación del citado Acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 17 de diciembre de 2021.–El Presidente del Fondo Español de Garantía
Agraria, Miguel Ángel Riesgo Pablo.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión
de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea
iniciado a la Comunidad Autónoma de La Rioja el 28 de julio de 2021
Primero.
Segundo.
La citada deuda, atribuida al Organismo pagador de la Comunidad Autónoma de La
Rioja, ha sido extinguida al haber efectuado un abono en las cuentas habilitadas del
Banco de España el 15 de septiembre de 2021 por el importe de 257,61 euros con cargo
al FEAGA y 101,21 euros con cargo al FEADER por lo que se acuerda admitir dicho
abono como medio de pago voluntario anticipado de la deuda y, no se repercuten los
cve: BOE-A-2021-21949
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional
segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se aprueba la
terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades al Organismo
pagador de la Comunidad Autónoma de La Rioja, como competente en la gestión y
control de las ayudas, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional
quinta del citado Real Decreto 515/2013, de 5 de julio. El mismo ha dado lugar a la
liquidación realizada sobre la deuda contraída de doscientos cincuenta y siete euros con
sesenta y un céntimo (257,61 €) con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía
(FEAGA) y ciento un euros con veintiún céntimos (101,21 €) con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Núm. 314
Viernes 31 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 168058
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
21949
Resolución de 17 de diciembre de 2021, del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de
16 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la terminación del
procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del
Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de La Rioja
el 28 de julio de 2021.
El Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de noviembre de 2021, ha
aprobado, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Acuerdo por
el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades
por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma
de La Rioja, el 28 de julio de 2021.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se dispone la
publicación del citado Acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 17 de diciembre de 2021.–El Presidente del Fondo Español de Garantía
Agraria, Miguel Ángel Riesgo Pablo.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión
de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea
iniciado a la Comunidad Autónoma de La Rioja el 28 de julio de 2021
Primero.
Segundo.
La citada deuda, atribuida al Organismo pagador de la Comunidad Autónoma de La
Rioja, ha sido extinguida al haber efectuado un abono en las cuentas habilitadas del
Banco de España el 15 de septiembre de 2021 por el importe de 257,61 euros con cargo
al FEAGA y 101,21 euros con cargo al FEADER por lo que se acuerda admitir dicho
abono como medio de pago voluntario anticipado de la deuda y, no se repercuten los
cve: BOE-A-2021-21949
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De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional
segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se aprueba la
terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades al Organismo
pagador de la Comunidad Autónoma de La Rioja, como competente en la gestión y
control de las ayudas, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional
quinta del citado Real Decreto 515/2013, de 5 de julio. El mismo ha dado lugar a la
liquidación realizada sobre la deuda contraída de doscientos cincuenta y siete euros con
sesenta y un céntimo (257,61 €) con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía
(FEAGA) y ciento un euros con veintiún céntimos (101,21 €) con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).