III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-21944)
Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Viernes 31 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 168001

c) La persona titular de la Subdirección General de Gestión Financiera y Asuntos
Generales cuando su importe sea inferior a 150.000 euros.
Vigésimo primero.
financiera.

Delegación de competencias en materia de gestión económica y

1. Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Presupuestos y Gastos en las personas titulares de las Direcciones generales de Fondos
Europeos, del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de Presupuestos y
de Costes de Personal, en el marco de sus respectivas áreas funcionales, de las
siguientes atribuciones:
a) La aprobación y compromiso de gastos, así como el reconocimiento y propuesta
de pago de las obligaciones económicas relativas a gastos corrientes y de capital, que
sean propios de los respectivos centros directivos, hasta el límite de 600.000 euros.
b) Las facultades de contratación y formalización de convenios atribuidas a la
persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, en virtud del
artículo 323 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y de la letra g) el apartado 2 del
artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, hasta el límite de 600.000 euros.
c) Las competencias que el artículo 10 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
reconoce a las personas titulares de las Secretarías de Estado en materia de
convocatoria y otorgamiento de subvenciones, hasta el límite de 600.000 euros.
d) La formalización de encargos a medios propios personificados a los que se
refiere el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y de encomiendas de gestión
a las que se alude en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, hasta el límite
de 600.000 euros.
e) En el caso de que alguna materia de gestión económica y financiera, dentro del
ámbito de la Secretaría General de Fondos Europeos, implicara la necesidad de utilizar
conjuntamente créditos de los servicios 14 y 50, la delegación de la Secretaria de Estado
de Presupuestos y Gastos recaerá en la persona titular de la Secretaría General de
Fondos Europeos.
f) Respecto al servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» se aprueba
la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos
en la persona titular de la Secretaría General de Fondos Europeos de las atribuciones
descritas en este apartado.
2. Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Presupuestos y Gastos en la persona titular de la Dirección General de Fondos
Europeos de las competencias relativas a la aprobación del presupuesto de
subvenciones y el compromiso del gasto, así como el reconocimiento y propuesta de
pago de las obligaciones relativas a los incentivos regionales para la corrección de
desequilibrios económicos interterritoriales, previa aprobación de las correspondientes
certificaciones.
Vigésimo segundo.

Delegación de competencias en otras materias.

a) La competencia para la convocatoria y resolución de la provisión de puestos de
trabajo por el sistema de libre designación en el ámbito de su competencia.
b) La competencia para autorizar las comisiones de servicio con derecho a
indemnización por cuantía exacta de los altos cargos dependientes de la Secretaría de
Estado.

cve: BOE-A-2021-21944
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Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Presupuestos y Gastos en la persona titular de la Subsecretaría de: