II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2021-21810)
Resolución 400/38465/2021, de 21 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
4.
Sec. II.B. Pág. 167055
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a
esta convocatoria.
5.
Requisitos de los aspirantes
Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017,
de 20 de julio, mencionada anteriormente, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
5.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Diplomado Universitario,
Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión
de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
5.2 Nacionalidad: Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española,
según lo establecido en el Anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
6. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes, además de los requisitos comunes, deberán cumplir:
6.1 Pertenecer como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo, a
alguno de los siguientes colectivos:
6.1.1
Personal funcionario:
a) Funcionarios de carrera de los Cuerpos o Escalas del subgrupo C1 de la
Administración General del Estado.
b) Funcionarios de carrera de Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos
al Subgrupo C1.
c) Funcionarios de carrera de Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 de las demás
Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, que estén desempeñando como funcionarios de carrera un puesto de
trabajo en la Administración General del Estado y hayan obtenido destino definitivo en la
misma.
a) Podrá participar el personal laboral fijo del ámbito del IV Convenio Único para el
personal laboral de la Administración del Estado que haya sido encuadrado en el grupo
profesional G2 (del anexo II del citado Convenio), en la especialidad de «Ingeniería
Técnica», siempre que desarrolle funciones coincidentes en su contenido profesional y
en su nivel técnico a las del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales.
b) Podrá participar asimismo el personal laboral fijo que pertenezca a grupo
profesional y especialidad equivalente al descrito anteriormente de los restantes
convenios colectivos de la Administración General del Estado, de sus Organismos
Autónomos, de sus Agencias Estatales y de sus Entes Públicos incluidos en el ámbito
del Real Decreto de oferta de empleo público, siempre que desarrolle funciones
coincidentes en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo de
Ingenieros Técnicos de Arsenales.
cve: BOE-A-2021-21810
Verificable en https://www.boe.es
6.1.2 Personal laboral (excluido el personal laboral indefinido no fijo, el personal
fuera de convenio y/o el personal en el exterior sujeto a legislación local):
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
4.
Sec. II.B. Pág. 167055
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a
esta convocatoria.
5.
Requisitos de los aspirantes
Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017,
de 20 de julio, mencionada anteriormente, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
5.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Diplomado Universitario,
Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión
de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
5.2 Nacionalidad: Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española,
según lo establecido en el Anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
6. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes, además de los requisitos comunes, deberán cumplir:
6.1 Pertenecer como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo, a
alguno de los siguientes colectivos:
6.1.1
Personal funcionario:
a) Funcionarios de carrera de los Cuerpos o Escalas del subgrupo C1 de la
Administración General del Estado.
b) Funcionarios de carrera de Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos
al Subgrupo C1.
c) Funcionarios de carrera de Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 de las demás
Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, que estén desempeñando como funcionarios de carrera un puesto de
trabajo en la Administración General del Estado y hayan obtenido destino definitivo en la
misma.
a) Podrá participar el personal laboral fijo del ámbito del IV Convenio Único para el
personal laboral de la Administración del Estado que haya sido encuadrado en el grupo
profesional G2 (del anexo II del citado Convenio), en la especialidad de «Ingeniería
Técnica», siempre que desarrolle funciones coincidentes en su contenido profesional y
en su nivel técnico a las del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales.
b) Podrá participar asimismo el personal laboral fijo que pertenezca a grupo
profesional y especialidad equivalente al descrito anteriormente de los restantes
convenios colectivos de la Administración General del Estado, de sus Organismos
Autónomos, de sus Agencias Estatales y de sus Entes Públicos incluidos en el ámbito
del Real Decreto de oferta de empleo público, siempre que desarrolle funciones
coincidentes en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo de
Ingenieros Técnicos de Arsenales.
cve: BOE-A-2021-21810
Verificable en https://www.boe.es
6.1.2 Personal laboral (excluido el personal laboral indefinido no fijo, el personal
fuera de convenio y/o el personal en el exterior sujeto a legislación local):