III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2021-21829)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundacion Feindef.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167217
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21829
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de
Fundaciones la Fundacion Feindef.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Feindef.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por el Ministerio de Defensa
Español, la «Asociación Española de Empresas Tecnológicas de Defensa, Seguridad,
Aeronáutica y Espacio» (TEDAE) y la «Asociación de Empresas Contratistas con las
Administraciones Publicas de España y otros Estados» (AESMIDE) según resulta de
escritura otorgada ante el notario de Madrid don Manuel Soler Lluch el 28 de julio
de 2020 con el número 1146 de protocolo subsanadas por otras otorgadas ante el mismo
notario el 17 de diciembre de 2020 protocolo 1997 y 1 de junio de 2021 protocolo 1055.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Profesor Waksman, 14
bis-1.ª Planta, 28036 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio
del Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Contribuir al reforzamiento de una imagen moderna de la industria de defensa
española, integrada en Europa y proyectada al exterior, con vocación de convertirse en
motor de innovación científica y técnica, de integración de sectores sociales clave y
promotora de una cultura de defensa.
Promover y dar visibilidad de las actividades científicas y técnicas I+D+I de la
industria en general, y de la defensa y seguridad en particular, en los organismos
Públicos de Investigación, en las Universidades, así como en los organismos de las
Administración General del estado para capacitar y difundir en la sociedad sus valores.
Promocionar la transferencia tecnológica desde el ámbito d la defensa y la seguridad a la
sociedad en general, de forma que ésta se beneficie de sus avances.
Favorecer la internacionalización e integración de la industria de defensa y seguridad
española, muy especialmente en los programas marco y en los consorcios de la Unión
Europea.
cve: BOE-A-2021-21829
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto. Fines de la Fundación.
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167217
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21829
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de
Fundaciones la Fundacion Feindef.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Feindef.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por el Ministerio de Defensa
Español, la «Asociación Española de Empresas Tecnológicas de Defensa, Seguridad,
Aeronáutica y Espacio» (TEDAE) y la «Asociación de Empresas Contratistas con las
Administraciones Publicas de España y otros Estados» (AESMIDE) según resulta de
escritura otorgada ante el notario de Madrid don Manuel Soler Lluch el 28 de julio
de 2020 con el número 1146 de protocolo subsanadas por otras otorgadas ante el mismo
notario el 17 de diciembre de 2020 protocolo 1997 y 1 de junio de 2021 protocolo 1055.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Profesor Waksman, 14
bis-1.ª Planta, 28036 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio
del Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Contribuir al reforzamiento de una imagen moderna de la industria de defensa
española, integrada en Europa y proyectada al exterior, con vocación de convertirse en
motor de innovación científica y técnica, de integración de sectores sociales clave y
promotora de una cultura de defensa.
Promover y dar visibilidad de las actividades científicas y técnicas I+D+I de la
industria en general, y de la defensa y seguridad en particular, en los organismos
Públicos de Investigación, en las Universidades, así como en los organismos de las
Administración General del estado para capacitar y difundir en la sociedad sus valores.
Promocionar la transferencia tecnológica desde el ámbito d la defensa y la seguridad a la
sociedad en general, de forma que ésta se beneficie de sus avances.
Favorecer la internacionalización e integración de la industria de defensa y seguridad
española, muy especialmente en los programas marco y en los consorcios de la Unión
Europea.
cve: BOE-A-2021-21829
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto. Fines de la Fundación.