III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-21844)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Intervención General de la Administración del Estado, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Jueves 30 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 167378

No obstante lo anterior, por razones de economía procesal, se considera conveniente
que las Intervenciones Regionales afectadas deleguen el ejercicio de la competencia
para la intervención previa de las propuestas de pago de devoluciones de ingresos
indebidos, en las Intervenciones Territoriales correspondientes al ámbito de las
Subdelegaciones del Gobierno competentes para aprobar dichas propuestas de pago
por delegación, manteniendo de este modo el paralelismo en el ejercicio de ambas
competencias y con el consiguiente reparto de cargas de trabajo.
Asimismo, a fin de mantener un criterio homogéneo, se considera conveniente
extender esta delegación, no solo a la intervención previa de las propuestas de pago
correspondientes a las devoluciones de ingresos de las sanciones afectadas por la
sentencia 148/2021, de 14 de julio, del Tribunal Constitucional, sino también de las
correspondientes a otras sanciones en materia de seguridad ciudadana, siempre que la
competencia sancionadora esté igualmente delegada en las Subdelegaciones del
Gobierno.
Por todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:
Primero.
1. Aprobar la delegación por las personas titulares de las Intervenciones
Regionales de las competencias en materia de función interventora a que se refiere el
apartado siguiente, en las personas titulares de las Intervenciones Territoriales cuyo
ámbito se corresponda con el órgano competente por delegación para acordar la
devolución de los ingresos indebidos y proponer el pago, en aquellas Comunidades
Autónomas en las que la competencia sancionadora a que se refiere el artículo 32.1.c)
de Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana,
esté delegada en las Subdelegaciones del Gobierno.
2. La delegación de competencias alcanza exclusivamente a la intervención previa
de las propuestas de pago de devoluciones de ingresos indebidos correspondientes a
sanciones impuestas por la comisión de las infracciones tipificadas en la Ley
Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, siempre
que dichos ingresos se hayan producido por los particulares en el período voluntario de
la gestión recaudatoria y hayan sido declarados indebidos en virtud de un procedimiento
administrativo o judicial de revisión del acto administrativo sancionador.
3. La citada delegación no afecta a la competencia de la Intervención Delegada en
la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional para la posterior
intervención formal de la ordenación del pago y la intervención material del pago
correspondiente a las devoluciones de ingresos indebidos.
Segundo.
En el acto de intervención previa de las propuestas de pago de devolución de
ingresos indebidos, se hará constar que la competencia se ejerce en base a la
delegación aprobada en esta Resolución.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de diciembre de 2021.–El Interventor General de la Administración del
Estado, Pablo Arellano Pardo.

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Tercero.