III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Organizaciones sindicales. Acuerdo. (BOE-A-2021-21833)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, por la que se publica el Acuerdo entre el Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales CSIF, STAJ, UGT y CIG, en el ámbito de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de diciembre de 2021

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relacionan a fin de negociar, en el ámbito correspondiente, bajo los principios de
legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad, buena fe negocial, publicidad y
transparencia, con el objetivo de potenciar el papel fundamental del personal de la
Administración de Justicia para mejorar la calidad de la prestación del servicio público,
así como su reconocimiento laboral y retributivo.
Entre estas cuestiones se incluyen los importantes cambios organizativos y
legislativos, que se expresan a continuación:
a) Sobre el anteproyecto de ley de eficiencia organizativa: Se convocará la Mesa
Sectorial de Justicia para la negociación del anteproyecto de ley de eficiencia
organizativa y del resto de reformas organizativas y procesales que se pretende poner
en marcha dentro del proyecto «Justicia 2030» contenidas en los anteproyectos de ley
de eficiencia procesal y digital.
El Ministerio de Justicia se compromete a que de la ley de eficiencia organizativa:
a. No derive ninguna disminución de las retribuciones que viniera percibiendo el
personal funcionario que se vea afectado por ella.
b. No haya pérdida de puestos de trabajo con su entrada en vigor.
c. No dé lugar a movilidades funcionales forzosas de los funcionarios y funcionarias
de la Administración de Justicia.
b) Sobre el anteproyecto de ley de enjuiciamiento criminal: Sin perjuicio de la
negociación sobre las condiciones de trabajo que deriven de la nueva organización
establecida en el citado proyecto de ley, en especial, la atribución de la instrucción de
causas penales a los fiscales, el Ministerio de Justicia se compromete a que la citada ley
no derive ninguna disminución de las retribuciones que vinieran percibiendo los
trabajadores, que se vean afectados por ella, con anterioridad a su entrada en vigor.
c) Sobre la implantación del nuevo modelo de Registro Civil: En el plazo de dos
meses desde la firma de este acuerdo, el Ministerio de Justicia convocará la mesa de
negociación para abordar el contenido del Reglamento del Registro Civil en lo que afecta
a la distribución funcional, condiciones de trabajo y relaciones de puestos de trabajo.
d) Plan de Igualdad: La aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, puso en marcha todo tipo de acciones
dirigidas a potenciar la igualdad real entre mujeres y hombres y a combatir las
manifestaciones aún subsistentes de discriminación, directa o indirecta, por razón de
sexo. En el artículo 64, contempla que los objetivos a conseguir en materia de promoción
de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo público, así como las estrategias o
medidas a adoptar para su consecución, deberán quedar reflejados en los planes de
igualdad.
La DA 7.ª del TREBEP, estableció la obligatoriedad de que las administraciones
públicas elaboren y apliquen un plan de igualdad. El Consejo de Ministros de 9 de
diciembre de 2020 aprobó el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración
General del Estado, con el que el Gobierno de España aborda de forma integral las
necesidades reales de las empleadas y empleados públicos de la AGE en materia de
igualdad de género. Este Plan es preciso integrarlo, desarrollarlo, implementarlo y
adaptarlo con medidas específicas a nuestra realidad de la Administración de Justicia,
para que sus resultados sean comparables con los de otros sectores públicos.
e) Carrera profesional: En el marco de los grupos de trabajo mencionados en este
apartado, las partes firmantes se comprometen al análisis y estudio de propuestas
asociadas a la carrera profesional, conforme a lo establecido en el artículo 519.3 de la
LOPJ.
f) Otras condiciones de trabajo: Asimismo, estos grupos abordarán el estudio y
análisis de otras condiciones de trabajo, tales como: la prestación del servicio de guardia
en los distintos partidos judiciales; el reconocimiento de la especialización del personal
destinado en los Juzgados, oficinas y servicios con competencias en violencia sobre la
mujer; la negociación de las formas de provisión temporal de puestos mediante

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Núm. 313