I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-21788)
Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 166882
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
21788
Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación
del mercado de trabajo.
Hablar de reforma laboral en España es evocar un larguísimo proceso de cambios
normativos que no han logrado, sin embargo, acabar con los graves problemas de
nuestro mercado de trabajo: el desempleo y la temporalidad. La combinación de ambos
ha dado lugar a que el trabajo en nuestro país esté especialmente afectado por la
precariedad, como inquietante realidad que da lugar a malas condiciones de empleo,
priva a nuestro sistema productivo de desplegar toda su capacidad y dificulta una
ciudadanía plena en el trabajo.
No es la norma laboral el único lugar desde el que afrontar y resolver estos
problemas, pero es imprescindible que las reglas que regulan el trabajo por cuenta ajena
brinden el marco oportuno para unas relaciones laborales sanas, no basadas en la
precariedad y que garanticen el trabajo con derechos como expresión concreta del
mandato que expresa el artículo 9.2 de la Constitución Española.
Desde la aprobación del Estatuto de los Trabajadores en 1980, apenas estrenada
nuestra Democracia, el trabajo en España ha evolucionado arrastrando siempre el
pesado lastre de la temporalidad que ha impedido a una parte importante de las
personas trabajadoras ejercer de forma plena sus derechos y ha creado una inercia, de
dimensión cultural, que ha mermado el crecimiento de las empresas y su productividad.
Visto desde la Unión Europea, que viene recordándonos insistentemente la
necesidad de afrontar esta carencia, el mercado de trabajo español constituye un planeta
lejano, una anomalía que se expresa especialmente en una tasa de temporalidad
inasumible y con efectos mucho más allá de la duración efímera de los contratos de
trabajo. Jóvenes y mujeres son los que más han sufrido esta lacra, aunque la trampa de
la temporalidad lo abarca todo en nuestro país y tiene fuerte repercusión en el conjunto
de nuestro modelo económico.
Uno de sus efectos más evidentes es la enorme volatilidad del mercado de trabajo
español que reacciona de forma excesiva en las crisis económicas, provocando enormes
pérdidas de puestos de trabajo y dando pocas oportunidades a medidas alternativas a
las extintivas y basadas en la flexibilidad interna y la formación. Solo la traumática
experiencia de la crisis sanitaria originada por la COVID-19 ha permitido, gracias al
decidido empeño del diálogo social, abandonar parcialmente esta dinámica.
La reforma que contiene este real decreto-ley pretende corregir de forma decidida
esta temporalidad excesiva, evitando esa rutina tan perniciosa que provoca que en cada
crisis se destruya sistemáticamente el empleo. Constituye además una oportunidad para
revertir aquellos instrumentos que han dificultado que la negociación colectiva contribuya
a la mejora de las condiciones de trabajo. Se trata, en definitiva, de dar lugar a un marco
normativo novedoso, descargado de lo que la práctica ha demostrado que no funciona,
sobre el que sustentar un modelo de relaciones laborales más justo y eficaz.
Estamos por todas estas razones y contenidos ante una reforma laboral que camina
en dirección contraria a la que ha sido habitual en los últimos tiempos. La recuperación
de los derechos laborales y su garantía, junto con el impulso a las medidas de flexibilidad
interna como alternativa a las extinciones son sus principales aportaciones que buscan
transformar nuestro mercado de trabajo para que pueda dejar definitivamente atrás sus
cve: BOE-A-2021-21788
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 166882
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
21788
Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación
del mercado de trabajo.
Hablar de reforma laboral en España es evocar un larguísimo proceso de cambios
normativos que no han logrado, sin embargo, acabar con los graves problemas de
nuestro mercado de trabajo: el desempleo y la temporalidad. La combinación de ambos
ha dado lugar a que el trabajo en nuestro país esté especialmente afectado por la
precariedad, como inquietante realidad que da lugar a malas condiciones de empleo,
priva a nuestro sistema productivo de desplegar toda su capacidad y dificulta una
ciudadanía plena en el trabajo.
No es la norma laboral el único lugar desde el que afrontar y resolver estos
problemas, pero es imprescindible que las reglas que regulan el trabajo por cuenta ajena
brinden el marco oportuno para unas relaciones laborales sanas, no basadas en la
precariedad y que garanticen el trabajo con derechos como expresión concreta del
mandato que expresa el artículo 9.2 de la Constitución Española.
Desde la aprobación del Estatuto de los Trabajadores en 1980, apenas estrenada
nuestra Democracia, el trabajo en España ha evolucionado arrastrando siempre el
pesado lastre de la temporalidad que ha impedido a una parte importante de las
personas trabajadoras ejercer de forma plena sus derechos y ha creado una inercia, de
dimensión cultural, que ha mermado el crecimiento de las empresas y su productividad.
Visto desde la Unión Europea, que viene recordándonos insistentemente la
necesidad de afrontar esta carencia, el mercado de trabajo español constituye un planeta
lejano, una anomalía que se expresa especialmente en una tasa de temporalidad
inasumible y con efectos mucho más allá de la duración efímera de los contratos de
trabajo. Jóvenes y mujeres son los que más han sufrido esta lacra, aunque la trampa de
la temporalidad lo abarca todo en nuestro país y tiene fuerte repercusión en el conjunto
de nuestro modelo económico.
Uno de sus efectos más evidentes es la enorme volatilidad del mercado de trabajo
español que reacciona de forma excesiva en las crisis económicas, provocando enormes
pérdidas de puestos de trabajo y dando pocas oportunidades a medidas alternativas a
las extintivas y basadas en la flexibilidad interna y la formación. Solo la traumática
experiencia de la crisis sanitaria originada por la COVID-19 ha permitido, gracias al
decidido empeño del diálogo social, abandonar parcialmente esta dinámica.
La reforma que contiene este real decreto-ley pretende corregir de forma decidida
esta temporalidad excesiva, evitando esa rutina tan perniciosa que provoca que en cada
crisis se destruya sistemáticamente el empleo. Constituye además una oportunidad para
revertir aquellos instrumentos que han dificultado que la negociación colectiva contribuya
a la mejora de las condiciones de trabajo. Se trata, en definitiva, de dar lugar a un marco
normativo novedoso, descargado de lo que la práctica ha demostrado que no funciona,
sobre el que sustentar un modelo de relaciones laborales más justo y eficaz.
Estamos por todas estas razones y contenidos ante una reforma laboral que camina
en dirección contraria a la que ha sido habitual en los últimos tiempos. La recuperación
de los derechos laborales y su garantía, junto con el impulso a las medidas de flexibilidad
interna como alternativa a las extinciones son sus principales aportaciones que buscan
transformar nuestro mercado de trabajo para que pueda dejar definitivamente atrás sus
cve: BOE-A-2021-21788
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