I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Cuerpo de la Guardia Civil. Enseñanza. (BOE-A-2021-21793)
Orden PCM/1483/2021, de 29 de diciembre, por la que se establece el sistema de evaluación de la calidad de la enseñanza en la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 166967

6.ª En base a lo anterior, la persona titular de la Jefatura de Enseñanza elaborará el
informe de evaluación específica que elevará junto con las propuestas de mejora a la
persona titular del Mando de Personal, quien tras su estudio y valoración propondrá para
aprobación a la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil las
modificaciones que considere necesarias efectuar para mejorar los planes de estudio, el
régimen del profesorado, el del alumnado o la organización de los centros.
3. Con el objeto de agilizar los trámites establecidos en el procedimiento descrito en
el apartado anterior, y para disminuir los tiempos de la tramitación durante este proceso,
se facilitarán los contactos directos con las unidades, centros u organismos de destino
del personal egresado.
Artículo 24. Evaluación específica de los planes de estudios de perfeccionamiento y de
altos estudios profesionales.
La evaluación específica de los planes de estudios de la enseñanza
perfeccionamiento y de altos estudios profesionales se realizará conforme
procedimiento que determine la persona titular del Mando de Personal en la guía
evaluación específica. Este procedimiento tomará como referencia cuanto se dispone
este capítulo y deberá responder a la finalidad que para este tipo de enseñanza
establece en la normativa que la regula.
Disposición adicional primera.

de
al
de
en
se

No incremento de gasto público.

La aplicación de lo dispuesto en esta orden no implicará aumento del gasto público.
Disposición adicional segunda.

Centro Universitario de la Guardia Civil.

1. No obstante lo dispuesto en el artículo 3.3, se podrá disponer en el
correspondiente convenio de adscripción, en las normas internas de organización y
funcionamiento, o por el Patronato del Centro Universitario de la Guardia Civil, la
aplicación al Centro de los criterios y estándares del sistema de garantía de calidad
aprobado en esta orden, de manera supletoria al sistema de calidad de la universidad a
la cual esté adscrito, para las enseñanzas universitarias oficiales de los planes de
estudios que imparta y, en su caso, para el propio Centro.
2. El Centro Universitario de la Guardia Civil comunicará a la Jefatura de
Enseñanza de la Guardia Civil los resultados de las evaluaciones de calidad que se
realicen al Centro, así como a los planes de estudios que imparte, conforme al sistema
de garantía de calidad establecido para las enseñanzas universitarias oficiales.
Igualmente, el Centro Universitario de la Guardia Civil recibirá los informes de
propuestas de mejora del sistema docente que afecten o puedan afectar al Centro.
Disposición adicional tercera.
reconocidos.

Modelos de evaluación de la calidad oficialmente

Además del sistema de evaluación de calidad recogido en esta orden, los centros
docentes de la Guardia Civil podrán utilizar otros modelos de evaluación de la calidad de
la enseñanza oficialmente reconocidos, previa autorización de la persona titular del
Mando de Personal.
Disposición transitoria única. Centros docentes con modelos de evaluación de la
calidad oficialmente reconocidos.
Los centros docentes que tuvieran acreditada alguna certificación de calidad
oficialmente reconocida, seguirán manteniendo dicha acreditación hasta su renovación
de acuerdo con la normativa que regule tal certificación.

cve: BOE-A-2021-21793
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Núm. 313