III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2021-21762)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de proyectos piloto dirigidos a jóvenes, mediante actuaciones dentro de los proyectos de "Colectivos especialmente vulnerables" y de los proyectos de "Emprendimiento y microempresas" incluidos en la Inversión 4, "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2021, destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166429
participan de forma relevante en el componente 23 «Nuevas políticas públicas para un
mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo», encuadrado en el área política VIII
«Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo».
Que dentro de las reformas e inversiones propuestas en este componente se incluye
la Inversión 4, «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad», que
incluye los proyectos de «Colectivos especialmente vulnerables» y «Emprendimiento y
microempresas»
La situación generada por la pandemia agrava la vulnerabilidad tanto de las personas
paradas de larga duración como la de otros colectivos que ya se encontraban en
situaciones límites, abocando a una transformación del tejido productivo con un impacto
muy fuerte en las microempresas.
Con el fin de hacer frente a esta situación, se hace necesario poner en marcha
proyectos y líneas de intervención que atiendan las necesidades, tanto laborales como
sociales, de colectivos vulnerables, así como facilitar un sistema productivo reforzado a
través del apoyo al emprendimiento y el empleo colectivo, también a las microempresas.
Esta adaptación conlleva una transformación digital y verde inherente y necesaria, así
como el impulso de la economía verde, a través de proyectos integrados de inserción en
los que participen todos aquellos agentes que puedan facilitar el tránsito hacia la
incorporación al mercado de trabajo de los más vulnerables.
Para ello, el componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
recoge en su inversión 4, «Nuevos Proyectos territoriales para el reequilibrio y la
equidad», la necesidad de realizar inversiones destinadas, por una parte, a la promoción
de proyectos de empleo para colectivos especialmente vulnerables y, por otra, a la
promoción de proyectos y líneas de intervención para favorecer el emprendimiento y el
empleo colectivo, así como la fijación de población, con especial atención a la
transformación productiva y el avance hacia una economía verde y digital.
Respecto de los proyectos de «colectivos especialmente vulnerables», las
inversiones han de centrarse en actuaciones tales como la promoción de proyectos
integrados de inserción para fomentar la contratación de personas paradas de larga
duración en coordinación con los servicios sociales, proyectos de inserción laboral en el
ámbito local, proyectos de apoyo a la autonomía de las personas con discapacidad y
empleo de asistentes, proyectos de emprendimiento y empleo colectivo, y en general
proyectos de empleo para el reequilibrio territorial y la equidad de los colectivos
especialmente vulnerables.
Por otra parte, respecto de los proyectos de «emprendimiento y microempresas», es
fundamental invertir en nuevos proyectos territoriales que aborden el reto demográfico y
faciliten la transformación productiva, en particular hacia una economía verde y digital.
Entre estos proyectos se incluirían los de capacitación agraria y empleo que fije
población en el ámbito rural y sus pequeños municipios, dinamizadores del desarrollo
local sostenible, iniciativas de economía social para la acción cultural y artística,
iniciativas de transición ecológicas, iniciativas de desarrollo local, turismo rural y
patrimonio histórico-artístico, entre otros.
Que el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, así como el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, establecen que podrán concederse de forma directa y
«con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitaria, u otras debidamente justificadas que
dificulten su convocatoria pública». A su vez, el artículo 28.1 de dicha Ley General de
Subvenciones, determina como forma válida de instrumentación efectiva de las
subvenciones de concesión directa la formalización de convenios, que establecerán las
condiciones y compromisos aplicables de conformidad con lo dispuesto en esta ley.
Que el Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2021, destinadas a la
cve: BOE-A-2021-21762
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166429
participan de forma relevante en el componente 23 «Nuevas políticas públicas para un
mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo», encuadrado en el área política VIII
«Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo».
Que dentro de las reformas e inversiones propuestas en este componente se incluye
la Inversión 4, «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad», que
incluye los proyectos de «Colectivos especialmente vulnerables» y «Emprendimiento y
microempresas»
La situación generada por la pandemia agrava la vulnerabilidad tanto de las personas
paradas de larga duración como la de otros colectivos que ya se encontraban en
situaciones límites, abocando a una transformación del tejido productivo con un impacto
muy fuerte en las microempresas.
Con el fin de hacer frente a esta situación, se hace necesario poner en marcha
proyectos y líneas de intervención que atiendan las necesidades, tanto laborales como
sociales, de colectivos vulnerables, así como facilitar un sistema productivo reforzado a
través del apoyo al emprendimiento y el empleo colectivo, también a las microempresas.
Esta adaptación conlleva una transformación digital y verde inherente y necesaria, así
como el impulso de la economía verde, a través de proyectos integrados de inserción en
los que participen todos aquellos agentes que puedan facilitar el tránsito hacia la
incorporación al mercado de trabajo de los más vulnerables.
Para ello, el componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
recoge en su inversión 4, «Nuevos Proyectos territoriales para el reequilibrio y la
equidad», la necesidad de realizar inversiones destinadas, por una parte, a la promoción
de proyectos de empleo para colectivos especialmente vulnerables y, por otra, a la
promoción de proyectos y líneas de intervención para favorecer el emprendimiento y el
empleo colectivo, así como la fijación de población, con especial atención a la
transformación productiva y el avance hacia una economía verde y digital.
Respecto de los proyectos de «colectivos especialmente vulnerables», las
inversiones han de centrarse en actuaciones tales como la promoción de proyectos
integrados de inserción para fomentar la contratación de personas paradas de larga
duración en coordinación con los servicios sociales, proyectos de inserción laboral en el
ámbito local, proyectos de apoyo a la autonomía de las personas con discapacidad y
empleo de asistentes, proyectos de emprendimiento y empleo colectivo, y en general
proyectos de empleo para el reequilibrio territorial y la equidad de los colectivos
especialmente vulnerables.
Por otra parte, respecto de los proyectos de «emprendimiento y microempresas», es
fundamental invertir en nuevos proyectos territoriales que aborden el reto demográfico y
faciliten la transformación productiva, en particular hacia una economía verde y digital.
Entre estos proyectos se incluirían los de capacitación agraria y empleo que fije
población en el ámbito rural y sus pequeños municipios, dinamizadores del desarrollo
local sostenible, iniciativas de economía social para la acción cultural y artística,
iniciativas de transición ecológicas, iniciativas de desarrollo local, turismo rural y
patrimonio histórico-artístico, entre otros.
Que el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, así como el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, establecen que podrán concederse de forma directa y
«con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitaria, u otras debidamente justificadas que
dificulten su convocatoria pública». A su vez, el artículo 28.1 de dicha Ley General de
Subvenciones, determina como forma válida de instrumentación efectiva de las
subvenciones de concesión directa la formalización de convenios, que establecerán las
condiciones y compromisos aplicables de conformidad con lo dispuesto en esta ley.
Que el Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2021, destinadas a la
cve: BOE-A-2021-21762
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Quinto.