III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-21746)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Vigo n.º 3 a inscribir una escritura de aceptación y adjudicación parcial de herencia.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166324
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21746
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
de la registradora de la propiedad de Vigo n.º 3 a inscribir una escritura de
aceptación y adjudicación parcial de herencia.
En el recurso interpuesto por don José María Rueda Pérez, notario de Vigo, contra la
negativa de la registradora de la Propiedad de Vigo número 3, doña María Purificación
Geijo Barrientos, a inscribir una escritura de aceptación y adjudicación parcial de
herencia.
Hechos
I
Mediante escritura pública de compraventa autorizada el día 29 de junio de 2021 por
el notario de Vigo don José María Rueda Pérez, con el número 1.846 de protocolo, se
formalizó la aceptación y adjudicación parcial de la herencia de doña M. P. V. V. En el
otorgamiento de esta escritura uno de los herederos, don M. A. C. V., estaba representado
por su esposa, doña S. C. S., como tutora, quien, en representación de aquél, aceptaba
pura y simplemente dicha herencia. Además, se expresaba que, entre otros bienes que no
se inventarían, la causante era dueña de determinado inmueble, que se adjudicaba por
terceras partes a los tres herederos nombrados por aquélla, don M. A. C. V. y a sus dos
hermanos.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Vigo número 3, fue
objeto de la nota de calificación en los términos que, a continuación, se transcriben en lo
que interesa por el objeto del recurso:
«En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 18, 19, 19 bis y 322 de la Ley
Hipotecaria, así como 98 y siguientes del Reglamento Hipotecario, pongo en su
conocimiento que la escritura de aceptación y adjudicación parcial de herencia,
autorizada por el Notario, Don José María Rueda Pérez, el día 29 de junio de 2021, bajo
el número 1846 de protocolo, y presentada en este Registro de la Propiedad el día 20 de
julio de 20201, bajo el asiento número 968, del Diario 94, ha sido objeto de la siguiente
nota de calificación:
Hechos:
1. El día, 29 de junio de 2021, se ha otorgado ante el Notario, Don José María
Rueda Pérez, escritura de aceptación y adjudicación parcial de herencia, en la que ha
intervenido Doña S. C. S., en nombre y representación, como tutora de su esposo,
Don M. A. C. V.
2. En la parte del título al que se refiere el punto 1 anterior de estos hechos,
dedicada a la intervención, también se hace constar que, Doña S. C. S., "...Ostenta dicha
representación en virtud de proceso de incapacitación en el que se nombró tutora por
cve: BOE-A-2021-21746
Verificable en https://www.boe.es
Registro de la Propiedad número tres de Vigo.
Calificado el precedente título, así como los demás datos obrantes en este Registro
de la Propiedad, se acuerda calificación negativa en base a los siguientes:
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166324
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21746
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
de la registradora de la propiedad de Vigo n.º 3 a inscribir una escritura de
aceptación y adjudicación parcial de herencia.
En el recurso interpuesto por don José María Rueda Pérez, notario de Vigo, contra la
negativa de la registradora de la Propiedad de Vigo número 3, doña María Purificación
Geijo Barrientos, a inscribir una escritura de aceptación y adjudicación parcial de
herencia.
Hechos
I
Mediante escritura pública de compraventa autorizada el día 29 de junio de 2021 por
el notario de Vigo don José María Rueda Pérez, con el número 1.846 de protocolo, se
formalizó la aceptación y adjudicación parcial de la herencia de doña M. P. V. V. En el
otorgamiento de esta escritura uno de los herederos, don M. A. C. V., estaba representado
por su esposa, doña S. C. S., como tutora, quien, en representación de aquél, aceptaba
pura y simplemente dicha herencia. Además, se expresaba que, entre otros bienes que no
se inventarían, la causante era dueña de determinado inmueble, que se adjudicaba por
terceras partes a los tres herederos nombrados por aquélla, don M. A. C. V. y a sus dos
hermanos.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Vigo número 3, fue
objeto de la nota de calificación en los términos que, a continuación, se transcriben en lo
que interesa por el objeto del recurso:
«En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 18, 19, 19 bis y 322 de la Ley
Hipotecaria, así como 98 y siguientes del Reglamento Hipotecario, pongo en su
conocimiento que la escritura de aceptación y adjudicación parcial de herencia,
autorizada por el Notario, Don José María Rueda Pérez, el día 29 de junio de 2021, bajo
el número 1846 de protocolo, y presentada en este Registro de la Propiedad el día 20 de
julio de 20201, bajo el asiento número 968, del Diario 94, ha sido objeto de la siguiente
nota de calificación:
Hechos:
1. El día, 29 de junio de 2021, se ha otorgado ante el Notario, Don José María
Rueda Pérez, escritura de aceptación y adjudicación parcial de herencia, en la que ha
intervenido Doña S. C. S., en nombre y representación, como tutora de su esposo,
Don M. A. C. V.
2. En la parte del título al que se refiere el punto 1 anterior de estos hechos,
dedicada a la intervención, también se hace constar que, Doña S. C. S., "...Ostenta dicha
representación en virtud de proceso de incapacitación en el que se nombró tutora por
cve: BOE-A-2021-21746
Verificable en https://www.boe.es
Registro de la Propiedad número tres de Vigo.
Calificado el precedente título, así como los demás datos obrantes en este Registro
de la Propiedad, se acuerda calificación negativa en base a los siguientes: