III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-21742)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad interina de Ubrique, por la que, tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se deniega la inscripción de la rectificación superficial y descriptiva y de la georreferenciación pretendida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166298
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21742
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación de la registradora de la propiedad interina de Ubrique, por la que,
tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se
deniega la inscripción de la rectificación superficial y descriptiva y de la
georreferenciación pretendida.
En el recurso interpuesto por don J. A. V. B. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad interina de Ubrique, doña Carlota Rodríguez Núñez, por la
que, tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se
deniega la inscripción de la rectificación superficial y descriptiva y de la
georreferenciación pretendida.
Hechos
I
Mediante instancia suscrita por don J. A. V. B. se solicitaba la rectificación de cabida
de una finca sita en Ubrique, que constaba inscrita con una superficie de 165 metros
cuadrados, en base a certificado técnico con informe de validación gráfica alternativa, en
el que se hacía constar que dicha finca tenía una superficie de 205,09 metros cuadrados.
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Ubrique, y tras la
tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
1) Se presenta instancia suscrita por Don J. A. V. B., solicitándose la rectificación
de cabida de la finca sita en Calle (…) de Ubrique, que consta inscrita con una superficie
de 165 metros cuadrados, en base a certificado técnico con informe de validación gráfica
alternativa, en el que se hace constar que dicha finca tiene una superficie de 205,09
metros cuadrados, de los cuales 173,45 metros cuadrados son de parcela
independiente, 11,70 metros cuadrados son de parcela compartida con el edificio sito en
calle (…), y 19,94 metros cuadrados son de parcela compartida con el edificio sito en
calle (…) Iniciados los trámites para la rectificación de cabida por la vía del artículo 199
de la Ley Hipotecaria y notificados los interesados, se presenta dentro del plazo de
los 20 días que establece el referido precepto, escrito de oposición y disconformidad por
parte de tres de los colindantes, Don M. A. G. D., Doña G. R. M. y Doña L. H. R.
Don M. A. G. D. en dicho escrito hace constar que el señor V. intenta apropiarse de
un patio que no le pertenece. Para ello aporta certificación catastral de la que resulta que
el referido patio se incluye dentro de finca sita en calle (…) Se afirma además que «lo
que se pretende por el señor V. es aprovechar la mención que se hace en sus escrituras
cve: BOE-A-2021-21742
Verificable en https://www.boe.es
«Carlota Rodríguez Núñez, Registradora de la Propiedad interina del Registro de la
Propiedad de Ubrique, previo examen y calificación del cumplimiento de los trámites
establecidos en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria a la vista de las alegaciones
formuladas por los colindantes Doña G. R. M., Doña L. H. G. y Don M. A. G. D. en el
procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria antes referenciado, le comunico lo
siguiente:
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166298
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21742
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación de la registradora de la propiedad interina de Ubrique, por la que,
tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se
deniega la inscripción de la rectificación superficial y descriptiva y de la
georreferenciación pretendida.
En el recurso interpuesto por don J. A. V. B. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad interina de Ubrique, doña Carlota Rodríguez Núñez, por la
que, tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se
deniega la inscripción de la rectificación superficial y descriptiva y de la
georreferenciación pretendida.
Hechos
I
Mediante instancia suscrita por don J. A. V. B. se solicitaba la rectificación de cabida
de una finca sita en Ubrique, que constaba inscrita con una superficie de 165 metros
cuadrados, en base a certificado técnico con informe de validación gráfica alternativa, en
el que se hacía constar que dicha finca tenía una superficie de 205,09 metros cuadrados.
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Ubrique, y tras la
tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
1) Se presenta instancia suscrita por Don J. A. V. B., solicitándose la rectificación
de cabida de la finca sita en Calle (…) de Ubrique, que consta inscrita con una superficie
de 165 metros cuadrados, en base a certificado técnico con informe de validación gráfica
alternativa, en el que se hace constar que dicha finca tiene una superficie de 205,09
metros cuadrados, de los cuales 173,45 metros cuadrados son de parcela
independiente, 11,70 metros cuadrados son de parcela compartida con el edificio sito en
calle (…), y 19,94 metros cuadrados son de parcela compartida con el edificio sito en
calle (…) Iniciados los trámites para la rectificación de cabida por la vía del artículo 199
de la Ley Hipotecaria y notificados los interesados, se presenta dentro del plazo de
los 20 días que establece el referido precepto, escrito de oposición y disconformidad por
parte de tres de los colindantes, Don M. A. G. D., Doña G. R. M. y Doña L. H. R.
Don M. A. G. D. en dicho escrito hace constar que el señor V. intenta apropiarse de
un patio que no le pertenece. Para ello aporta certificación catastral de la que resulta que
el referido patio se incluye dentro de finca sita en calle (…) Se afirma además que «lo
que se pretende por el señor V. es aprovechar la mención que se hace en sus escrituras
cve: BOE-A-2021-21742
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«Carlota Rodríguez Núñez, Registradora de la Propiedad interina del Registro de la
Propiedad de Ubrique, previo examen y calificación del cumplimiento de los trámites
establecidos en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria a la vista de las alegaciones
formuladas por los colindantes Doña G. R. M., Doña L. H. G. y Don M. A. G. D. en el
procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria antes referenciado, le comunico lo
siguiente: