I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Régimen Económico y Fiscal de Canarias. (BOE-A-2021-21654)
Real Decreto-ley 31/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifica la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y se fija un nuevo plazo para presentar las renuncias o revocaciones a métodos y regímenes especiales de tributación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 165876

I. DISPOSICIONES GENERALES

JEFATURA DEL ESTADO
21654

Real Decreto-ley 31/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifica la Ley
19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de
Canarias, y se fija un nuevo plazo para presentar las renuncias o
revocaciones a métodos y regímenes especiales de tributación.
I

II
El artículo 86 de la Constitución Española habilita al Gobierno para dictar
decretos-leyes «en caso de extraordinaria y urgente necesidad».
La adopción de medidas de carácter económico y tributario acudiendo al instrumento
del real decreto-ley ha sido avalada por el Tribunal Constitucional siempre que concurra
una motivación explícita y razonada de la necesidad, entendiendo por tal que la

cve: BOE-A-2021-21654
Verificable en https://www.boe.es

Mediante este real decreto-ley se modifica el régimen económico y fiscal de
Canarias, para adecuarlo al Mapa de Ayudas de Finalidad Regional, y se completa con
una disposición relativa al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas, y a los regímenes simplificado y especial de la agricultura,
ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Habiendo notificado España a la Comisión Europea con fecha de 1 de diciembre
de 2021 su Mapa de Ayudas de Finalidad Regional para el período 2022-2027, es
necesario modificar varias referencias temporales contenidas en la Ley 19/1994, de 6 de
julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, de modo que las
referencias legales tengan el mismo alcance temporal que el periodo de vigencia del
Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, de aplicación para este tipo de medidas
fiscales reguladas en la Ley 19/1994 conforme a la disposición adicional segunda del
Real Decreto-ley 15/2014, de 19 de diciembre, de modificación del Régimen Económico
y Fiscal de Canarias. Asimismo, se extiende la vigencia de la Zona Especial Canaria
hasta el nuevo término del período de vigencia del Mapa de Ayudas Regionales.
Con dicha modificación se pretende eliminar la inseguridad jurídica que podría
generar en los operadores económicos el mantenimiento de los plazos mencionados en
la actual redacción legal.
Adicionalmente, y teniendo en cuenta que el mapa de ayudas regionales español,
entre las que se encuadran los incentivos fiscales del Régimen Económico y Fiscal de
Canarias, debe contar con la autorización de la Comisión Europea, y no es previsible que
esta se obtenga antes de que finalice el año, se hace preciso condicionar la eficacia de
la referida modificación a la obtención de aquella.
Por otra parte, como consecuencia de las modificaciones que resultarán de
aplicación para el año 2022 en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas, en el régimen simplificado y en el régimen especial de la
agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, se considera
oportuno fijar un nuevo plazo para presentar las renuncias o revocaciones a los citados
métodos y regímenes especiales.
Este real decreto-ley consta de un artículo, dos disposiciones adicionales y tres
disposiciones finales. Estas últimas regulan, respectivamente, el título competencial por
el que se dicta, la habilitación normativa y su entrada en vigor.