I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Medicamentos veterinarios. (BOE-A-2021-21662)
Real Decreto 1157/2021, de 28 de diciembre, por el que se regulan los medicamentos veterinarios fabricados industrialmente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 166008
refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos
sanitarios, aprobado por texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de
medicamentos y productos sanitarios, así como para dictar las disposiciones necesarias
para la aplicación y el desarrollo de este real decreto.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el 28 de enero de 2022.
Dado en Madrid, el 28 de diciembre de 2021.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes
y Memoria Democrática,
cve: BOE-A-2021-21662
Verificable en https://www.boe.es
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 166008
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sanitarios, aprobado por texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de
medicamentos y productos sanitarios, así como para dictar las disposiciones necesarias
para la aplicación y el desarrollo de este real decreto.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el 28 de enero de 2022.
Dado en Madrid, el 28 de diciembre de 2021.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes
y Memoria Democrática,
cve: BOE-A-2021-21662
Verificable en https://www.boe.es
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
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