III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2021-21781)
Orden CIN/1478/2021, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las ayudas Ramón y Cajal y de las ayudas Juan de la Cierva-formación, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada correspondiente al año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166736
6. La Comisión de Selección será designada por el órgano concedente y tendrá la
siguiente composición:
a) Presidencia: la persona titular de la Dirección de la Agencia Estatal de
Investigación.
b) Vicepresidencia: la persona titular de la División de Coordinación, Evaluación y
Seguimiento Científico y Técnico de la Agencia Estatal de Investigación. En caso de
ausencia, podrá ser sustituida la correspondiente persona adjunta o asimilada.
c) Vocales:
1.º Tres funcionarios/as de la Agencia Estatal de Investigación.
2.º Una persona representante del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial
(CDTI).
3.º Tres personas expertas entre los colaboradores científico-técnicos de la agencia
que hayan participado en las comisiones técnicas, en cada uno de los siguientes ámbitos
temáticos: Ciencias matemáticas, físicas, químicas e ingenierías (CMIFQ); Ciencias
sociales y humanidades (CSH); y Ciencias de la vida (CV).
d) Ejercerá la secretaría una persona adscrita a la Subdivisión de Coordinación y
Evaluación de la Agencia Estatal de Investigación, con nivel mínimo de jefe/a de servicio,
que actuará con voz, pero sin voto.
En lo no previsto expresamente en esta convocatoria o en las bases reguladoras, el
funcionamiento de la Comisión de Selección se regirá por lo establecido en la sección 3.ª
del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
En la Comisión de Selección se procurará el equilibrio de género conforme a lo
dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres.
7. Realizada la evaluación de las solicitudes en la forma prevista en la presente
convocatoria, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución provisional de
personas seleccionadas, y en su caso de reserva. Dicha propuesta será notificada a las
personas interesadas, mediante su publicación en la página web de la agencia,
concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que puedan formular las alegaciones
que estimen oportunas.
8. Una vez vistas y valoradas las alegaciones, el órgano concedente dictará la
resolución definitiva de personas seleccionadas, y en su caso de reserva, que será
comunicada a las personas interesadas mediante publicación en la página web de la
agencia.
Artículo 58. Acuerdos de incorporación entre Centros de I+D y las personas
seleccionadas.
1. La resolución definitiva de personas seleccionadas determinará el plazo, con un
máximo de veinte días hábiles, del que dispondrán los Centros de I+D, para presentar la
relación de personas seleccionadas con los que hayan acordado su incorporación,
incluyendo un acuerdo de incorporación firmado con cada una de las personas. Para
ello, se utilizarán los modelos disponibles en la página web de la agencia.
2. Para facilitar las tareas de contacto entre Centros de I+D y personas
seleccionadas, se publicará en la página web de la agencia la siguiente información, que
será facilitada por ambos y con esta finalidad en el momento de presentar su solicitud:
a) De los Centros de I+D: correo/s electrónico/s.
b) De las personas seleccionadas: correo electrónico, resumen del curriculum vitae
y resumen de la trayectoria investigadora y de la línea de investigación.
Adicionalmente, podrá publicarse el resumen de esta información aportada en la
solicitud de aquellas personas que resulten con la condición de reserva.
cve: BOE-A-2021-21781
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166736
6. La Comisión de Selección será designada por el órgano concedente y tendrá la
siguiente composición:
a) Presidencia: la persona titular de la Dirección de la Agencia Estatal de
Investigación.
b) Vicepresidencia: la persona titular de la División de Coordinación, Evaluación y
Seguimiento Científico y Técnico de la Agencia Estatal de Investigación. En caso de
ausencia, podrá ser sustituida la correspondiente persona adjunta o asimilada.
c) Vocales:
1.º Tres funcionarios/as de la Agencia Estatal de Investigación.
2.º Una persona representante del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial
(CDTI).
3.º Tres personas expertas entre los colaboradores científico-técnicos de la agencia
que hayan participado en las comisiones técnicas, en cada uno de los siguientes ámbitos
temáticos: Ciencias matemáticas, físicas, químicas e ingenierías (CMIFQ); Ciencias
sociales y humanidades (CSH); y Ciencias de la vida (CV).
d) Ejercerá la secretaría una persona adscrita a la Subdivisión de Coordinación y
Evaluación de la Agencia Estatal de Investigación, con nivel mínimo de jefe/a de servicio,
que actuará con voz, pero sin voto.
En lo no previsto expresamente en esta convocatoria o en las bases reguladoras, el
funcionamiento de la Comisión de Selección se regirá por lo establecido en la sección 3.ª
del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
En la Comisión de Selección se procurará el equilibrio de género conforme a lo
dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres.
7. Realizada la evaluación de las solicitudes en la forma prevista en la presente
convocatoria, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución provisional de
personas seleccionadas, y en su caso de reserva. Dicha propuesta será notificada a las
personas interesadas, mediante su publicación en la página web de la agencia,
concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que puedan formular las alegaciones
que estimen oportunas.
8. Una vez vistas y valoradas las alegaciones, el órgano concedente dictará la
resolución definitiva de personas seleccionadas, y en su caso de reserva, que será
comunicada a las personas interesadas mediante publicación en la página web de la
agencia.
Artículo 58. Acuerdos de incorporación entre Centros de I+D y las personas
seleccionadas.
1. La resolución definitiva de personas seleccionadas determinará el plazo, con un
máximo de veinte días hábiles, del que dispondrán los Centros de I+D, para presentar la
relación de personas seleccionadas con los que hayan acordado su incorporación,
incluyendo un acuerdo de incorporación firmado con cada una de las personas. Para
ello, se utilizarán los modelos disponibles en la página web de la agencia.
2. Para facilitar las tareas de contacto entre Centros de I+D y personas
seleccionadas, se publicará en la página web de la agencia la siguiente información, que
será facilitada por ambos y con esta finalidad en el momento de presentar su solicitud:
a) De los Centros de I+D: correo/s electrónico/s.
b) De las personas seleccionadas: correo electrónico, resumen del curriculum vitae
y resumen de la trayectoria investigadora y de la línea de investigación.
Adicionalmente, podrá publicarse el resumen de esta información aportada en la
solicitud de aquellas personas que resulten con la condición de reserva.
cve: BOE-A-2021-21781
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312