III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2021-21781)
Orden CIN/1478/2021, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las ayudas Ramón y Cajal y de las ayudas Juan de la Cierva-formación, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada correspondiente al año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166702
c) Vocales: un panel compuesto por personas expertas nombradas por el órgano
concedente, seleccionadas según la naturaleza de cada área temática.
Las comisiones técnicas deberán contar con un/a secretario/a que será un/a
funcionario/a de la Agencia Estatal de Investigación.
3. Composición de la comisión de selección. La comisión de selección de cada una
de las líneas de ayuda será designada por el órgano concedente y tendrá la siguiente
composición:
a) Presidencia: la persona titular de la Dirección de la Agencia Estatal de
Investigación.
b) Vicepresidencia: la persona titular de la División de Coordinación, Evaluación y
Seguimiento Científico y Técnico de la Agencia Estatal de Investigación. En caso de
ausencia, podrá ser sustituido por la correspondiente persona adjunta o asimilada.
c) Vocales:
1.º Tres personas funcionarias de la Agencia Estatal de Investigación.
2.º Una persona representante del Centro para el Desarrollo Tecnológico
Industrial (CDTI).
3.º En su caso, hasta ocho personas expertas con el perfil que se determine en las
convocatorias.
d) Asimismo, ejercerá la secretaría una persona funcionaria de la Agencia Estatal
de Investigación, que actuará con voz, pero sin voto.
4. Las comisiones que puedan conformarse al amparo de este artículo procurarán
el equilibrio de género, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
5. Las personas que intervengan en las comisiones técnicas y en la comisión de
selección manifestarán de forma expresa la ausencia de conflictos de intereses, no
pudiendo participar en las comisiones personas en la que exista dicho conflicto.
6. En lo no previsto expresamente en estas bases reguladoras o en las
convocatorias, el funcionamiento de la comisión de selección se regirá por lo establecido
en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
7. El funcionamiento de las comisiones técnicas y de la comisión de selección
será atendido con los medios personales, técnicos o presupuestarios asignados al
órgano convocante.
Artículo 20.
1.
Criterios de evaluación de solicitudes.
Criterios de evaluación de las ayudas Ramón y Cajal.
a) Las solicitudes de las personas candidatas serán evaluadas de acuerdo con los
siguientes criterios y subcriterios:
Valoración
Trayectoria científico-técnica del candidato/a.
0-100
Aportaciones científico-técnicas.
0-55
Movilidad e internacionalización.
0-25
Liderazgo.
0-20
cve: BOE-A-2021-21781
Verificable en https://www.boe.es
Criterios y subcriterios
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166702
c) Vocales: un panel compuesto por personas expertas nombradas por el órgano
concedente, seleccionadas según la naturaleza de cada área temática.
Las comisiones técnicas deberán contar con un/a secretario/a que será un/a
funcionario/a de la Agencia Estatal de Investigación.
3. Composición de la comisión de selección. La comisión de selección de cada una
de las líneas de ayuda será designada por el órgano concedente y tendrá la siguiente
composición:
a) Presidencia: la persona titular de la Dirección de la Agencia Estatal de
Investigación.
b) Vicepresidencia: la persona titular de la División de Coordinación, Evaluación y
Seguimiento Científico y Técnico de la Agencia Estatal de Investigación. En caso de
ausencia, podrá ser sustituido por la correspondiente persona adjunta o asimilada.
c) Vocales:
1.º Tres personas funcionarias de la Agencia Estatal de Investigación.
2.º Una persona representante del Centro para el Desarrollo Tecnológico
Industrial (CDTI).
3.º En su caso, hasta ocho personas expertas con el perfil que se determine en las
convocatorias.
d) Asimismo, ejercerá la secretaría una persona funcionaria de la Agencia Estatal
de Investigación, que actuará con voz, pero sin voto.
4. Las comisiones que puedan conformarse al amparo de este artículo procurarán
el equilibrio de género, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
5. Las personas que intervengan en las comisiones técnicas y en la comisión de
selección manifestarán de forma expresa la ausencia de conflictos de intereses, no
pudiendo participar en las comisiones personas en la que exista dicho conflicto.
6. En lo no previsto expresamente en estas bases reguladoras o en las
convocatorias, el funcionamiento de la comisión de selección se regirá por lo establecido
en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
7. El funcionamiento de las comisiones técnicas y de la comisión de selección
será atendido con los medios personales, técnicos o presupuestarios asignados al
órgano convocante.
Artículo 20.
1.
Criterios de evaluación de solicitudes.
Criterios de evaluación de las ayudas Ramón y Cajal.
a) Las solicitudes de las personas candidatas serán evaluadas de acuerdo con los
siguientes criterios y subcriterios:
Valoración
Trayectoria científico-técnica del candidato/a.
0-100
Aportaciones científico-técnicas.
0-55
Movilidad e internacionalización.
0-25
Liderazgo.
0-20
cve: BOE-A-2021-21781
Verificable en https://www.boe.es
Criterios y subcriterios