I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Presupuestos Generales del Estado. (BOE-A-2021-21653)
Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 165163

Consejo de Ministros de 8 de mayo de 2009, publicado por Orden PRE/1230/2009, de 18
de mayo.
Cuatro. En el año 2022 las retribuciones básicas y complementarias correspondientes
a los funcionarios a que se refiere el artículo 624 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, se incrementarán en el porcentaje previsto en el artículo 19.Dos,
respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021, sin perjuicio de lo previsto en el
artículo 19.Siete de esta Ley.
Cinco. En el año 2022 las retribuciones de los miembros del Poder Judicial y del
Ministerio Fiscal serán las siguientes:
1.

Vicepresidente del Tribunal Supremo:
Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades).

33.284,02

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades).

96.786,00

Total.

130.070,02

Presidentes de Sala del Tribunal Supremo y Presidente de la Audiencia Nacional
(Magistrados del Tribunal Supremo):
Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades).

30.734,20

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades).

91.873,68

Total.

122.607,88

Magistrados del Tribunal Supremo y Presidentes de Sala de la Audiencia Nacional
(Magistrados del Tribunal Supremo):
Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades).

29.116,64

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades).

90.300,72

Total.

119.417,36

2. Fiscal General del Estado: 127.140,72 euros a percibir en doce mensualidades,
sin derecho a pagas extraordinarias.
Teniente Fiscal del Tribunal Supremo:

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades).

30.734,20

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades).

91.873,68

Total.

122.607,88

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Euros