I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Empleo público. (BOE-A-2021-21651)
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Disposición transitoria segunda.

Sec. I. Pág. 165083

Efectos.

Las previsiones contenidas en el artículo 1 de esta Ley serán de aplicación
únicamente respecto del personal temporal nombrado o contratado con posterioridad a
su entrada en vigor.
Disposición final primera.

Títulos competenciales.

Esta Ley se dicta al amparo del artículo 149.1.7.ª y 18.ª de la Constitución Española,
que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin
perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades autónomas; y bases del
régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del régimen estatutario de sus
funcionarios. Asimismo, se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª que establece la
competencia del Estado en materia de bases y coordinación de la planificación general
de la actividad económica.
Disposición final segunda. Adaptación de la normativa del personal docente y del
personal estatutario y equivalente de los servicios de salud.
Permanece en vigor la disposición final segunda del Real Decreto-Ley 14/2021, de 6
de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público,
relativa a la adaptación de la normativa del personal docente y del personal estatutario y
equivalente de los servicios de salud.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan
guardar esta ley.
Madrid, 28 de diciembre de 2021.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,

cve: BOE-A-2021-21651
Verificable en https://www.boe.es

PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X