III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2021-21740)
Acuerdo de 9 de diciembre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, relativo a la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Civil y Penal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166296
Turno 3. Enjuiciamiento de causas penales [art. 73. 3 b) LOPJ].
La sala será presidida por el presidente y se integrará con arreglo a lo expuesto en el
apartado II.
El orden de nombramiento de presidente del tribunal del jurado seguirá turno de
mayor a menor antigüedad, del que se excluirá al presidente.
Turno 4.
Apelaciones y otros asuntos penales.
Comprende:
a) Conocimiento de los recursos de apelación contra las resoluciones dictadas en
primera instancia por las audiencias provinciales, así como el de todos aquellos previstos
por las leyes [art. 73.3 c) LOPJ].
b) Cuestiones de competencia en materia penal y entre juzgados de menores.
c) Demás asuntos penales.
El reparto de ponencias se ajustará al siguiente cuadro:
Ponente
Número o terminación
Presidente
0
1
1, 3, 5 y 7
2
2, 4, 6 y 8
Los asuntos cuyo número sea el 9 o terminen en 99 corresponderán al presidente.
Los demás terminados en 9 se adjudicarán teniendo en cuenta el número
inmediatamente anterior según el cuadro precedente.
Las presentes normas entrarán en vigor el día 23 de diciembre de 2021,
comenzando desde entonces los nuevos turnos.»
cve: BOE-A-2021-21740
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 9 de diciembre de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder
Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166296
Turno 3. Enjuiciamiento de causas penales [art. 73. 3 b) LOPJ].
La sala será presidida por el presidente y se integrará con arreglo a lo expuesto en el
apartado II.
El orden de nombramiento de presidente del tribunal del jurado seguirá turno de
mayor a menor antigüedad, del que se excluirá al presidente.
Turno 4.
Apelaciones y otros asuntos penales.
Comprende:
a) Conocimiento de los recursos de apelación contra las resoluciones dictadas en
primera instancia por las audiencias provinciales, así como el de todos aquellos previstos
por las leyes [art. 73.3 c) LOPJ].
b) Cuestiones de competencia en materia penal y entre juzgados de menores.
c) Demás asuntos penales.
El reparto de ponencias se ajustará al siguiente cuadro:
Ponente
Número o terminación
Presidente
0
1
1, 3, 5 y 7
2
2, 4, 6 y 8
Los asuntos cuyo número sea el 9 o terminen en 99 corresponderán al presidente.
Los demás terminados en 9 se adjudicarán teniendo en cuenta el número
inmediatamente anterior según el cuadro precedente.
Las presentes normas entrarán en vigor el día 23 de diciembre de 2021,
comenzando desde entonces los nuevos turnos.»
cve: BOE-A-2021-21740
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 9 de diciembre de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder
Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X