III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-21621)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Cercedilla, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en el Puerto de Navacerrada-Cercedilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164829

Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
actividad convencional de la Comunidad de Madrid; una vez autorizada la firma de este
Convenio por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Y de la otra, don Luis Miguel Peña Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de Cercedilla, elegido en sesión constitutiva de la Corporación municipal el 15 de junio
de 2019, actuando en virtud de lo dispuesto en los artículos 21.1.b) y 124.4.a) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; con facultad para
la suscripción del presente Convenio por el Decreto 1235/2021 de 23 de septiembre
de 2021.
Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas
instituciones, reconociéndose de modo recíproco capacidad para formalizar el presente
Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar
la reactivación de la economía y el empleo, crea en su artículo 10 los «Planes de
Sostenibilidad Turística en Destinos», como instrumentos para la prestación, por parte de
la Secretaría de Estado de Turismo, de apoyo a la inversión en actuaciones de impulso,
adecuación y mejora de los destinos turísticos con el fin de aumentar su sostenibilidad.
Que la Administración General del Estado, en virtud de las competencias reservadas
al Estado por el artículo 149.1.13.ª de la Constitución (bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica), así como del principio de cooperación,
ha elaborado el Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, integrado
dentro del tercer pilar de «Mejora de la competitividad del destino turístico» del Plan de
Impulso del Sector Turístico presentado por el Gobierno el 18 de junio de 2020.
2. Que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en
virtud de la competencia exclusiva en materia de turismo, atribuida por el artículo 26.1.21
de su Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de
Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, ha desarrollado, asimismo en el
ejercicio de sus competencias, diferentes actuaciones con la finalidad de mejorar la
situación turística del Puerto de Navacerrada-Cercedilla, promoviendo planes, programas
y normas para la modernización y adecuación de la industria turística a las tendencias de
la demanda.
3. Que el Ayuntamiento de Cercedilla, en virtud de las competencias que le atribuye
el artículo 39 de la Ley 1/1992, de 12 de marzo, sobre Ordenación del Turismo de la
Comunidad de Madrid, ha elaborado diversos proyectos para la mejora turística del
Puerto de Navacerrada-Cercedilla en relación con las líneas estratégicas y los
programas de la Secretaría de Estado de Turismo y del Ayuntamiento de Cercedilla.
4. Que la Comisión Sectorial de Turismo, celebrada el 25 de junio de 2020, aprobó
el «Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos», ratificado en
Conferencia Sectorial de Turismo de fecha 13 de julio de 2020, y ratificada su
actualización en Conferencia Sectorial de Turismo de 30 de marzo de 2021, en
desarrollo del Plan de Impulso al Sector Turístico. El objetivo del Programa es avanzar
en la transformación de los destinos turísticos hacia un modelo basado en la
sostenibilidad medioambiental, socioeconómica y territorial y, en particular:
– Abordar un gradual reposicionamiento de los destinos turísticos de sol y playa
hacia modelos más competitivos y sostenibles, sin traspasar los límites de su capacidad
de carga ambiental.
– Consolidar modelos turísticos sostenibles en destinos urbanos.
– Impulsar el desarrollo de los destinos turísticos ubicados en áreas rurales y/o en
espacios naturales protegidos.

cve: BOE-A-2021-21621
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Núm. 311