III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2021-21632)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica el Convenio con el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, la Junta de Extremadura y la Fundación Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, para la realización de actuaciones tendentes a la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

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3. Las cláusulas de este Convenio podrán ser modificadas por acuerdo unánime
entre las partes.
4. Este Convenio se extinguirá por las siguientes causas:
a) Por acuerdo unánime de las partes.
b) Si se produjesen circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la
colaboración.
c) Por incumplimiento de las condiciones y compromisos asumidos por alguna de
las partes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al
responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
Convenio y a las demás partes firmantes.
Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el Convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por la creación del centro ibérico y la aprobación de su Estatuto, previa la
adopción de los acuerdos internacionales que resulten preceptivos.
f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
Octava.

Gobernanza del centro ibérico.

El instrumento jurídico internacional por el que se cree y se apruebe el Estatuto del
centro ibérico determinará la participación de las Administraciones firmantes del presente
Convenio, conjuntamente con las Administraciones y entidades que determine la
República de Portugal.
Novena.

Régimen jurídico y resolución de controversias.

Este Convenio tiene naturaleza interadministrativa de acuerdo con el artículo 47 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, y se regirá por sus propios términos y condiciones y por el
ordenamiento jurídico administrativo.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento de
este Convenio que no cuenten con acuerdo en el seno de la Comisión de Seguimiento,
serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional Contenciosoadministrativo.

cve: BOE-A-2021-21632
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, las partes firman este Convenio el 20 de diciembre
de 2021.–La Ministra de Ciencia e Innovación, Diana Morant Ripoll.–El Consejero de
Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, Rafael España
Santamaría.–El Director General del Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), Carlos Alejaldre Losilla.–El Director
Gerente de la entidad FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura,
Antonio Verde Cordero.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X