III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Escuelas de conductores. Profesorado. (BOE-A-2021-21607)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tráfico, por la que se convoca curso para obtener certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164598

últimos años previos a la presente convocatoria, todos los cuales pasarán a realizar la
fase de enseñanza a distancia a que se refiere la base 5.1.
5.

Régimen del curso

El curso, que tendrá carácter teórico y práctico, constará de dos fases: una de
enseñanza a distancia y otra de formación presencial en el centro donde el curso se
celebre. Ambas de carácter eliminatorio.
5.1 Fase de enseñanza a distancia. Esta fase tendrá carácter teórico, se
desarrollará en dos evaluaciones con la posibilidad de recuperar hasta un máximo de
dos asignaturas de la primera evaluación siempre que se cumplan los criterios
especificados en el punto 8.2. Esta fase versará sobre las materias que se relacionan a
continuación:
– Normas y señales reguladoras de la circulación vial.
– Cuestiones de seguridad vial. Accidentes de tráfico.
– Reglamentación general de vehículos y en especial de los vehículos pesados,
transporte de personas y mercancías, prioritarios y especiales.
– Seguro de automóviles.
– Normativa por la que se regulan los permisos de conducción, sus clases y las
pruebas de aptitud a realizar para su obtención.
– Normativa por la que se regula el aprendizaje de la conducción y la de los centros
de formación de conductores.
– Pedagogía y Psicología aplicadas a la conducción.
– Mecánica y entretenimiento simple de los automóviles.
– Comportamiento y primeros auxilios en caso de accidente.
El programa concreto con el temario de cada una de estas materias se publicará con
antelación suficiente para permitir la preparación de esta fase.
El intervalo entre ambas evaluaciones será de dos meses como mínimo.
Aquellos aspirantes que no superen la primera evaluación pero obtengan una
calificación dentro de los criterios recogidos en el punto 8.2 realizarán una prueba
extraordinaria de las asignaturas no superadas permitiendo recuperarlas. Dicha prueba
se celebrará preferiblemente en la fecha en que tenga lugar la segunda evaluación
debiendo realizar consecutivamente ésta y la prueba extraordinaria.
Los alumnos dispondrán de un tiempo máximo de veinte minutos por cada una de las
materias a las que tienen que contestar en cada evaluación así como en la prueba
extraordinaria de recuperación.
Tanto las evaluaciones como la prueba extraordinaria consistirán en contestar por
escrito, en impreso facilitado al efecto, a un cuestionario de diez preguntas por cada
materia de las que conformen la evaluación.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo
sólo una de ellas correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja
de examen la respuesta que estimen válida de entre aquellas que se les propongan.
Para realizar las evaluaciones, los aspirantes deberán ir provistos del Documento
Nacional de Identidad o del Pasaporte, los españoles, y de la Tarjeta de Residencia o de
Identidad en vigor, o en su defecto, del Pasaporte, los extranjeros. La presentación de
estos documentos podrá ser exigida por el Tribunal durante el desarrollo de las pruebas
y la no presentación de los mismos llevará aparejada la no admisión a su realización y la
exclusión del proceso.
Cada una de las evaluaciones de la fase de enseñanza a distancia tendrá lugar en
un único día, siendo excluidos de las mismas quienes no comparezcan a la hora en que,
en su caso, sean convocados, sea cual fuere la causa que pudiera alegarse al respecto.
Procederá la interrupción y declaración de no apto de los aspirantes que perturben el
orden durante el desarrollo de las evaluaciones o cometan o intenten cometer fraude en
su realización, cualquiera que sea su forma o procedimiento.

cve: BOE-A-2021-21607
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 311