III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2021-21596)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Profesional de Delineantes y Técnicos Superiores Proyectistas de A Coruña.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Martes 28 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 164465

En consecuencia, las partes intervinientes proceden a la formalización del presente
Convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
Es objeto del presente Convenio establecer la colaboración, en régimen de
encomienda de gestión, entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Profesional
de Delineantes y Técnicos Superiores Proyectistas de A Coruña, para el intercambio de
información relativa a los bienes inmuebles.
Por otra parte, se establece el marco para la obtención de la información gráfica
catastral, de acuerdo con lo disponible en la Sede Electrónica del Catastro, que fuera
precisa para la ejecución de los trabajos profesionales de los delineantes colegiados,
mediante acceso por vía telemática.
Por último, además, se prevé el desarrollo de las actuaciones dirigidas a facilitar a los
ciudadanos la consulta y certificación de datos catastrales.
Segunda.

Acceso a la información catastral.

La Dirección General del Catastro facilitará la información gráfica catastral, de
acuerdo con lo disponible en la Sede Electrónica del Catastro, que fuera precisa para la
ejecución de los trabajos profesionales, mediante acceso por vía telemática a un servicio
de descarga de la planta general de parcela en formato dxf o por otros servicios web que
pudiera habilitar la Dirección General, de lo que se dará cuenta a la Comisión de
seguimiento, vigilancia y control de este Convenio.
Los colegiados, al amparo del presente Convenio, obtendrán la información
necesaria para el desarrollo de su trabajo profesional a través de los medios
electrónicos. La descarga de dicha información quedará registrada con el número de
intervención colegial del preceptivo visado.
Documentación gráfica de la definición de los bienes inmuebles.

El Colegio pondrá a disposición de la Dirección General del Catastro, por
procedimientos telemáticos, en los formatos digitales que determine ésta y previo
informe de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de este Convenio, la
documentación gráfica digital de que disponga, de los bienes inmuebles objeto de los
encargos profesionales realizados a sus colegiados con trascendencia catastral, una vez
finalizados los mismos.
Dicha documentación estará georreferenciada, en la proyección y sistemas
geodésicos empleados en la cartografía oficial de la Dirección General del Catastro y
reflejará la referencia catastral, superficies, usos y designación en su caso de los
distintos bienes inmuebles. Asimismo, ira acompañada del correspondiente Informe de
Validación Gráfica positivo.
Para el cumplimiento de este compromiso, la Dirección General del Catastro
permitirá el acceso a los colegiados, en régimen de encomienda de gestión, a las
aplicaciones catastrales gráficas que permitan la generación de la cartografía en los
formatos mencionados y la obtención del correspondiente Informe de Validación Gráfica
positivo.
A dicha información se añadirá, en su caso, el acta de deslinde contradictorio, con la
conformidad expresa de todos los colindantes afectados por la alteración catastral de las
parcelas objeto del trabajo, o en su defecto del mayor número posible, así como la
fotografía digital de las fachadas más significativas en los casos de bienes inmuebles
con construcciones.

cve: BOE-A-2021-21596
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.